¿Cómo pedir un 'plus' para el alquiler si eres pensionista?
Esta ayuda no es para todo el mundo que esté cobrando una pensión, hay condiciones que cumplir
Esta ayuda es necesario solicitarla en la Consejería de Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma en la que se resida
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Son muchas las personas que necesitan ayuda, pero no todo el mundo sabe que hay muchas de ellas que se pueden solicitar siempre y cuando se cumpla con los requisitos solicitados y que no son demasiado conocidas, tal y como sucede con el ‘plus’ para el alquiler que pueden obtener algunos pensionistas.
Ayuda para el alquiler si eres pensionista
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Este extra no puede solicitarlo todo el mundo que reciba una pensión, como señalábamos antes, es necesario cumplir con las condiciones estipuladas. Podrán acceder a esta ayuda aquellas personas que cobren una pensión no contributiva, ya sea de jubilación o de invalidez, que no tengan una vivienda en propiedad y vivan en alquiler, siendo titulares del contrato de arrendamiento y llevando en la vivienda un mínimo de 180 días.
Además, también se estipula que para acceder a esta ayuda, el solicitante no puede tener una relación conyugal o de parentesco o una unión estable con el arrendador.
Se cobra en un único pago y, aunque la cuantía no es demasiado elevada, toda ayuda es bienvenida. Esta ayuda en 2023 era de 525 euros anuales, lo que, dividido en mensualidades, supone una ayuda de 43,75 al mes para colaborar con el pago del alquiler de la vivienda.
Esta ayuda puede solicitarse en la Consejería de Servicios Sociales de cada Comunidad Autónoma de residencia, aunque hay algunas excepciones, como sucede en el País Vasco y Navarra, que se gestiona a través de la Diputación Foral, o como en Ceuta y Melilla, donde es necesario hacerlo directamente a través del Imserso. Esto es así porque son ellos quienes se encargan de la gestión de las pensiones no contributivas de la Seguridad Social.
Así, quienes quieran solicitar esta ayuda, además de asegurarse de que cumplen con los requisitos, también tendrán que cumplimentar un formulario, donde tendrán que incluir sus datos personales, datos sobre su pensión y también sobre su alquiler, porque habrá que incluir una copia del contrato de arrendamiento. Pasados tres meses, la solicitud tendrá que haber sido respondida, tanto en caso positivo como si es denegada, abriéndose un plazo de reclamación si se considera que ha sido rechazada sin tener que ser así.
Los documentos pueden entregarse de manera presencial en las oficinas de Servicios Sociales de cada Comunidad Autónoma, pero también es un trámite que puede hacerse a través de internet, accediendo a la Sede Electrónica de la Consejería de Políticas Sociales de la correspondiente Comunidad Autónoma. Para ello será necesario disponer de DNI electrónico o de certificado digital.
Hay muchas ayudas que son conocidas por todo el mundo, pero esta no es de las más famosas. Está destinada a aumentar los ingresos de las personas que cobran una pensión no contributiva, ya sea de jubilación o de invalidez, que suelen estar entre las más bajas, por lo que cualquier ayuda extra puede considerarse un plus para poder mejorar una situación que no siempre es buena. Son las que reciben quienes no tienen un mínimo de 15 años cotizados a la Seguridad Social.