Con la proximidad del verano y la mayor aglomeración de coches en las carreteras durante las jornadas calientes, aquellas en las que se producen más desplazamientos, es más fácil que se produzcan accidentes.
Sufrir un siniestro es una situación muy tensa, más cuando el conductor del otro coche se da a la fuga. Es un momento confuso realmente difícil gestionar, y por ello conviene saber qué pasos debemos dar para reclamar a la otra parte. Si el choque ha provocado heridos o muertos, el infractor fugado estaría cometiendo un delito tipificado en el Código Penal: Abandono del lugar del accidente
En primer lugar, es importante tratar de mantener la calma y seguir las indicaciones de la seguridad de la DGT, especialmente si el siniestro ha provocado heridos o muertos. Lo principal: dejar a la autoridad que haga su trabajo. Aunque el infractor se haya fugado, son los agentes de tráfico los que deben gestionar la situación y facilitarnos toda la información, además de proporcionarnos la documentación necesaria para reclamar.
“Las fuerzas encargadas de la vigilancia del tráfico: Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil, Ertzaintza, Mossos d’Esquadra, o la Policía Local –si el accidente se ha producido en vía urbana–, tienen la obligación de elaborar un documento (atestado) en el que se recojan todos los datos y circunstancias del accidente”, explican desde la DGT.
Este documento es la mejor herramienta con la que contamos, ya que nos permitirá documentar los daños en el vehículo y precisar con detalle las circunstancias del accidente. Se debe tomar nota de los datos más importantes de los conductores, si se encuentran presentes en el lugar del choque.
Si la otra parte se ha dado a la fuga, habrá que colaborar con la autoridad para proporcionarles toda la información de la que dispongamos en ese momento. Por eso es importante mantener la calma y tratar de hacer memoria sobre las circunstancias del siniestro y cualquier dato útil que hayamos registrado.
En caso de sufrir daños físicos, habrá que incluirlos en el atestado con un parte de lesiones que podemos obtener en el hospital al que nos lleven los servicios sanitarios que se hayan presentado en el lugar del accidente para asistirnos. Tenemos hasta 72 horas para incluirlos en el informe, desde el momento en que se produzca el siniestro.
A partir de aquí, tres son los escenarios: que el fugado cuente con un seguro y se le pueda reclamar la compensación que nos corresponda por daños materiales y personales; que no cuente con seguro o que no se logre dar con él.
Tendrá que ser la autoridad de tráfico y nuestra aseguradora la que se encargue de realizar la búsqueda del infractor. Podría darse el caso de que la aseguradora no tuviera éxito al tratar de localizarlo. En ese momento entraría en juego el Consorcio de Compensación de Seguros, un organismo público que cubre parte de los daños materiales y personales de los afectados por accidentes en los que la parte infractora no asume los daños o no aparece después de darse a la fuga.