La vida del autónomo no siempre es sencilla y uno de los motivos es que es importante hacer las cosas bien para no tener problemas con la hacienda pública en el futuro. Son varios los documentos que hay que presentar y hacerlo de manera adecuada, así como pagar las cuotas en tiempo y seguir las pautas establecidas.
Esto no quiere decir haya que resignarse cuando son ellos quienes se equivoca, porque puede suceder que existe algún error y sea necesario reclamar a la Seguridad Social para que rectifiquen algún pago equivocado o alguna cuota que han cobrado de más. Es un derecho del trabajador poder hacerlo y también es necesario para obtener lo que merece.
El primer paso antes de reclamar es asegurarse de que, efectivamente, se trata de un error de la Seguridad Social y no de un despiste por nuestra parte. Se llama devolución por ingresos indebidos y se puede reclamar cuando te han cobrado de más o han cobrado lo que no tocaba. Eso sí, es necesario hacerlo cumpliendo las condiciones y los plazos establecidos.
No todos los casos son reclamables, pero puedes hacerlo en caso de que sea por alguno de estos motivos: por un error en el cálculo de la cuota de autónomo, por pluriactividad (es decir, no solo eres autónomo, sino que también trabajas por cuenta ajena), por duplicidad en el ingreso, por haberte dado de baja de autónomo (y aun así te han cobrado el mes entero de la baja), porque nunca has estado de alta de autónomo o por beneficios en la cotización que no se han aplicado (como algunas bonificaciones en la cuota tal y como sucede en la baja por maternidad y paternidad).
Para solicitar la reclamación de la cuota de autónomos, lo mejor y más sencillo es acudir a la sede electrónica de la Seguridad Social. Para poder hacerlo, será necesario, como ya es habitual con casi todos los trámites con la administración, contar con el DNI electrónico, el certificado digital o la Cl@ve PIN.
Es necesario rellenar un formulario (que también sería necesario completar en caso de hacer el trámite presencialmente, pero al hacerlo de manera telemática nos ahorramos colas y tener que solicitar citas previas). Este se puede encontrar en la propia página web, acudiendo a la sección Trabajadores’, desde ahí desplazándose hasta ‘Cotización / Recaudación de Trabajadores’ y, una vez en ese lugar, buscando y haciendo clic sobre ‘Área informativa’.
Aquí, en ‘Recaudación de cuotas’ tendremos que buscar la opción ‘Devolución de Ingresos Indebidos’, donde aparecerá el formulario que tenemos que rellenar. Se trata del modelo TC.13/1.
Tienes hasta cuatro años para solicitar la devolución por ingresos indebidos, y el tiempo estimado que la Seguridad Social tarda en resolver la solicitud y hacer el ingreso es de seis meses. Si pasado ese plazo de tiempo que hemos comentado no se han recibido noticias, se entiende que la solicitud ha sido rechazada y, por tanto, el ingreso que se esperaba no va a llegar.