La prestación por desempleo es una de las ayudas más conocidas del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), pero no es la única que se puede solicitar en caso de necesitarla y cumplir con los requisitos para que nos la concedan.
Por ejemplo, también existen ayudas para mayores de 45 años en situación de desempleo que hayan agotado la prestación del paro, una ayuda de la que pueden beneficiar a las mujeres que sean madres y se vean en esta situación, pues pertenecen a un colectivo que se encuentra con muchas dificultades a la hora de encontrar trabajo.
Existen ayudas destinadas a mayores de 45 años, pero en este caso van dirigidas a quienes no tienen cargas familiares. Durante un máximo de seis meses se recibirían 480 euros; los mayores de 52 años que también hayan agotado la prestación por desempleo también pueden optar a cobrar esa cantidad, en su caso, hasta que se alcance la edad para acceder a la pensión de jubilación.
¿Qué pasa con las madres mayores de 45 años que estén en situación de desempleo? Este grupo en concreto no cuenta con una ayuda específica para ellas, no existe una prestación para este sector de la población, aunque sí que pueden acceder a las ayudas dirigidas a parados mayores de 45 años que hayan agotado la prestación por desempleo.
Las personas desempleadas con responsabilidades familiares que hayan agotado la prestación por desempleo pueden acceder a las ayudas familiares, para lo que tendrán que estar inscritas como demandantes de empleo por lo menos durante un mes desde que se agotó el paro.
Tener responsabilidades familiares significa tener a su cargo a su cónyuge o a algún hijo o hija que sea menor de 26 años o mayor con discapacidad o personas menores acogidas, si conviven o dependen económicamente del solicitante y no tienen rentas mensuales superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional (SMI), según informan desde el SEPE.
La ayuda en estos casos sería de 480 euros al mes y tendría una duración de seis meses, prorrogable hasta un máximo de 24 meses. En caso de que la madre sea mayor de 52 años, podría acceder al subsidio por desempleo para personas trabajadoras mayores de 52 años del que hablábamos antes.
Si se cumplen los requisitos, que son estar en desempleo, inscrita como demandante de empleo sin haber rechazado oferta de colocación adecuada, haber agotado la prestación por desempleo, suscribir el acuerdo de actividad, tener responsabilidades familiares y carecer de rentas superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional, se puede solicitar la ayuda.
Esta debe realizarse en el plazo de 15 días hábiles a partir del cumplimiento del mes de espera, que comienza desde el día siguiente del agotamiento del paro. La solicitud se podrá presentar a través de la sede electrónica del SEPE, en la oficina de prestaciones (con cita previa online o telefónica), en cualquier oficina de registro público o por correo administrativo.