A lo largo de toda la vida, trabajamos para conseguir beneficios. Para algunas personas, el placer de trabajar en lo que más les gusta es suficiente, pero otras lo hacen para poder permitirse vivir un poco mejor y darse algunos caprichos, por eso llegar a la edad de jubilación es para muchos de ellos una meta a alcanzar.
Tras haber pasado toda una vida trabajando, poder recoger lo sembrado en forma de jubilación es para muchos el mejor de los reconocimientos, su tiempo libre aumenta y disminuyen las preocupaciones y angustias asociadas con el trabajo, por eso no son pocas las personas que se plantean la posibilidad de la jubilación anticipada, aunque para ello hay que cumplir ciertos requisitos.
En España, en 2024, para poder pedir la jubilación hay que tener 66 años y seis meses o 65 años si se han cotizado al menos 38 años.
Podrá pedirse la jubilación anticipada voluntaria por cuestión de edad, quienes han cotizado esos 38 años, aunque tengan menos edad de la señalada, siempre que esta sea menor a dos años de diferencia, por ejemplo, se tengan 63 años en lugar de 65. Para acceder a la jubilación anticipada, el tiempo cotizado también influye. Podrán solicitarla quienes acrediten un mínimo de 35 años cotizados, siempre que 2 de los cuales sean en los últimos 15 años previos al acceso a la jubilación.
El importe de la pensión a percibir no puede ser inferior al de la pensión mínima que correspondería al interesado por su situación familiar al cumplir los 65 años de edad. Tanto los trabajadores por cuenta ajena como los autónomos pueden acogerse a esta opción de jubilación.
La jubilación voluntaria es una opción que tiene el trabajador, pero también existe la jubilación involuntaria o forzosa, que se produce por un ERE, un despido o por jubilación o fallecimiento del empresario. En estos casos, puede producirse hasta cuatro años antes de la edad señalada.
Tal y como señalado anteriormente, se podrá solicitar la jubilación anticipada desde los 63 años si se han cotizado al menos 38 años o desde los 64 años y seis meses en caso de que el tiempo cotizado sea menor. Hay que solicitarlo hasta un máximo de 24 meses antes de la edad oficial de jubilación.
En la página oficial de la Seguridad Social hay un formulario que es necesario cumplimentar si queremos solicitarla. Además, habrá que adjuntar otros documentos, como el DNI del solicitante, el libro de familia, si fuera necesario, el número de cuenta corriente donde ingresar la pensión o el justificante del pago de cotizaciones de los 3 últimos meses.
Si se tiene certificado electrónico, pueden hacerse estas gestiones online, pero también se pueden presentar en la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), si este sistema nos da una mayor seguridad. Una vez entregados todos los documentos, solo tendremos que esperar a la resolución para saber si nos conceden la jubilación anticipada, voluntaria o no.