Si nos quedamos sin empleo, que ya es un dolor de cabeza de por sí, hay que aprender a manejarse en las aguas de las administraciones públicas para percibir la prestación por desempleo ¡y además saber lo que debemos hacer para mantenerla! Sin embargo a veces puedes surgir dudas y problemas que supongan un obstáculo para ello, con lo que nos quedaríamos sin el correspondiente subsidio, por lo que es importante estar preparado ante los posibles problemas que puedan aparecer.
Una de las dudas que pueden surgir es qué hacer cuando se realiza un cobro indebido de estas ayudas por parte del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) en España. A continuación os ofrecemos una guía detallada para manejar adecuadamente estas situaciones peliagudas, que a menudo conllevan cargas fiscales si se realizan de forma inadecuada. Para ello nos vamos a basar en fuentes oficiales y expertos en la materia.
El proceso comienza con la recepción de una notificación del SEPE, que especifica el la cantidad específica del cobro indebido. Esta comunicación es crucial, ya que detalla la cantidad exacta que se debe devolver y las instrucciones para el pago. Es muy importante revisar detenidamente esta notificación para entender completamente la situación y las acciones requeridas de nuestra parte.
El SEPE establece generalmente un plazo de 30 días hábiles para realizar la devolución del cobro indebido. Es fundamental cumplir con este plazo para evitar sanciones adicionales, como un recargo del 20% sobre el importe adeudado. Este recargo se aplica en caso de no devolver el dinero en el período estipulado y quedaría unido a la deuda que tenemos con la administración pública por este cobro indebido..
La devolución se realiza habitualmente mediante una transferencia bancaria a la cuenta indicada por el SEPE en la notificación. Es vital seguir las instrucciones proporcionadas y asegurarnos de que el concepto de la transferencia especifique claramente el motivo del pago para que el SEPE pueda identificarlo correctamente y así cancelar nuestra deuda con la administración.
Si encontramos ciertas dificultades para devolver el importe en el plazo establecido, existen opciones como solicitar un aplazamiento o fraccionamiento de la deuda. El SEPE puede permitir estos arreglos, aunque se aplicarán intereses de demora unidos a estas solicitudes. Esta opción puede ser especialmente útil para quienes atraviesan situaciones económicas complicadas.
En caso de no estar de acuerdo con la cantidad reclamada por el SEPE, tenemos derecho a presentar alegaciones por escrito ante la Dirección Provincial del SEPE en un plazo de 10 días hábiles. Este paso es fundamental para defender nuestros derechos y aclarar cualquier posible malentendido o error de las partes.
Una vez realizada la devolución, no es necesario presentar el justificante en la oficina de prestaciones, pero es recomendable conservarlo en caso de que sea requerido posteriormente. Además, si detectamos el error antes de que el SEPE lo haga, podemos agilizar el proceso comunicándonos con ellos a través de su Sede Electrónica.
Dado que el cobro indebido puede llegar a tener implicaciones significativas, es crucial actuar de manera rápida y responsable. Asegurándonos de entender y seguir los pasos adecuados para prevenir complicaciones futuras y garantizar que se maneje la situación de la manera más eficiente y justa posible.