Vender el domicilio familiar después de un divorcio puede traer numerosos quebraderos de cabeza a los cónyuges. Por un lado, la separación no siempre es amistosa, y por otro, hay que tener en cuenta cuál es el régimen por el que se regula el matrimonio y si este tiene hijos.
El principal factor que se debe tener presente en el momento de vender la vivienda familiar tras un divorcio es el régimen de bienes, ya que de él dependerá que la pareja se deba poner de acuerdo de un modo u otro. En caso de que el matrimonio no tenga hijos, las opciones que se pueden dar son las siguientes:
En ambos casos, a la pareja les conviene llegar a un acuerdo en la venta de la propiedad, ya que, de lo contrario, deberán acudir a juicio. Si así fuera, el inmueble podría terminar vendiéndose en subasta pública, lo que provocaría un descenso en el precio que no conviene a ninguna de las partes.
La situación se complica cuando el matrimonio ha tenido descendencia y esta reside en el domicilio familiar. En este escenario, será un juez el que decida si se puede realizar la venta de la vivienda, ya que el bienestar de los hijos es prioritario. No obstante, todo será más sencillo si las dos partes están de acuerdo en vender la vivienda familiar. En ese caso, variará dependiendo del régimen de bienes y el resultado final dependerá del precio y las condiciones que negocien.
En cambio, si solo una de las partes quiere vender la propiedad y la otra se niega, la decisión se tomará en un juzgado. Como hemos comentado, el juez o la jueza que instruya el caso tendrá en cuenta en quién recae la custodia de los hijos y antepondrá el interés de estos frente al de sus padres.