Dani Alves ha sido condenado a cuatro años y medio de prisión, después de pasar un año en prisión provisional por la agresión sexual a una joven en una discoteca. Una estancia en Brians que ya le ha hecho "cumplir el 25% de su condena" y que, pese a ello, no le sirve para obtener permisos penitenciarios hasta que la sentencia sea firme.
"Si no se recurre por ninguna de las partes y adquiere su firmeza, Alves hoy podría ser beneficiario de permisos penitenciarios por haber cumplido el 25% de condena", explica el abogado Daniel Vosseler a Informativos Telecinco, sobre un escenario que no contempla la propia defensa del futbolista al confirmar que recurrirán tras salir de la Audiencia de Barcelona.
El nuevo escenario puede abrir una "posible negociación" entre las partes para poder alcanzar una firmeza de la sentencia, que puede tardar desde uno hasta cinco años.
"El hecho de que Alves haya estado en prisión provisional se debe precisamente al riesgo de fuga y de que escapase de la justicia. Si hubiera ido a Brasil no hay convenio de extradición y probablemente jamás se hubiera podido juzgar", detalla Daniel Vosseler, quien tilda de "manifiestamente errónea" su primera declaración al magistrado en la fase inicial de instrucción. "Trae consecuencias muy graves".
Por su parte, Maria del Prado Escoda, magistrada de la Sección Segunda Penal de la Audiencia de Tarragona, el lugar donde Alves deberá cumplir la condena es una decisión del tribunal, aunque "en principio deberá hacerlo aquí".
Sobre la ratificación de la condena, la magistrada ha recordado que Alves sigue en prisión provisional hasta que se confirme la condena. En ese momento, el futbolista tendrá la posibilidad de pedir permisos. "Puede ser perfectamente dentro de un año, otra cosa bien distinta es que se lo concedan".
Para valorar las solicitudes, los juzgados de vigilancia penitenciaria y los tribunales tienen en cuenta el tipo de delito. "Ante el vicio de pedir, está la virtud de no dar", apunta Maria del Prado Escoda, quien también se ha referido al tercer grado.
"Es un régimen abierto. No podrá acceder tampoco al tercer grado si no hay un informe del equipo técnico que valore el aprovechamiento del tratamiento que ha seguido, No es suficiente que se siente en una silla y haga el curso que le digan, tiene que haber un informe positivo", destaca la magistrada.
Para Daniel Vosseler, el fallo de la Audiencia de Barcelona es "coherente" y "congruente" con la situación. También se ha referido al atenuante de embriaguez, que la sala ha considerado que no procede. "Tampoco habría variado sustancialmente en caso de aplicarse en la intensidad de la condena".
Los tribunales han considerado probados los hechos y también le han impuesto a Alves cinco años de libertad vigilada, alejamiento e incomunicación de la víctima durante 9 años y 6 meses, así como indemnización de 150.000 euros y pago de las costas.
Nada más conocer la pena, prácticamente la mínima fijada para ese delito, la abogada del futbolista, Inés Guardiola, ha compadecido ante los medios para comunicar que van a recurrir la sentencia: "Sigo creyendo en su inocencia".
La condena de cuatro años y medio de prisión se ha hecho aplicando la primera versión de la ley del 'solo sí es sí', anterior a la reforma que endureció las penas elevando el mínimo de años de cárcel por este delito.
La ley de 'sí es sí' reformó el Código Penal y estipuló penas de cuatro a 12 años para los delitos de agresión sexual; por tanto, Alves ha sido condenado en la parte inferior de la horquilla de esta versión de la norma, que es la que se le aplica.
En cambio, la reforma de ley en abril de 2023 concretó que en los casos de agresión sexual en los que exista violencia o intimidación la horquilla de penas será de entre seis y 12 años.
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