Piden 150 años de cárcel para el autor del atropello múltiple de Gibraleón en Huelva, en el que murió una persona
La acusación particular pide 25 años de cárcel por asesinato, 15 años más por cada tentativa, y cinco por conducción temeraria en el atropello múltiple de Gibraleón
La imputabilidad de esta persona, conforme a sus capacidades psíquicas, será la clave en el juicio
El acusado cuenta con antecedentes policiales por once denuncias entre los años 2009 a 2021
La acusación particular de los familiares de la víctima mortal (un hombre de 35 años) del acusado de arrollar a varias personas en dos terrazas de Gibraleón (Huelva) el 9 de octubre de 2022, y de otros seis afectados, ha solicitado 25 años de prisión para esta persona por un delito de asesinato, así como 15 años por tentativas de asesinato por cada una de las ocho "cometidas" y cinco años por conducción temeraria, lo que sumaría un total de 150 años, aunque la máxima pena imputable es de 35 años.
Así lo ha indicado el abogado de la familia, José Luis Orta, quien ha señalado que el Ministerio Fiscal apoya la acusación, así como que la defensa "reconoce" la autoría de los hechos pero "argumenta que su representado es inimputable" y, por tanto, considera que "debe ser absuelto de los cargos que se le imputan solicitando medidas de internamiento psiquiátrico".
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De este modo, finalizada la instrucción del procedimiento, después de más de dos años, ahora los autos pasarán a la Audiencia Provincial de Huelva que conformará el Tribunal del Jurado y pondrá fecha de juicio. Cabe recordar que, en la actualidad, el acusado se encuentra interno en prisión después de que el Juzgado de Instrucción número 5 de Huelva acordara el pasado 1 de octubre prorrogar la prisión provisional a petición del Ministerio Fiscal y las acusaciones.
Atropello de "forma consciente y voluntaria"
Según recoge el escrito de la acusación particular a las 14,20 horas del 9 de octubre de 2022 el acusado se encontraba conduciendo un coche de su propiedad y "decidió, voluntaria y plenamente consciente de sus actos, situarse a la altura del bar 'El Apoderado' y colocar el vehículo en una posición certera para atropellar y matar al mayor número de personas posibles".
Asimismo, señala que, previamente al atropello, varios testigos escucharon gritar "esa mesa hay que atropellarla" y "os voy a llevar por delante", además de "os tengo que matar a todos" o "hijos de puta", por lo que considera la acusación que esto "da a entender que lo que pretendía era que se supiera claramente cuales eran sus intenciones y frente a quienes iba a actuar de forma deliberada y concreta".
Prosigue indicando el escrito que "entre el medio elegido para matar, un vehículo a gran velocidad, y la sorpresa de los hechos, la capacidad de respuesta fue limitada por aquellos elegidos por el acusado y de dicho atropello sufrieron el primer embiste una mesa donde se encontraban tres personas, resultando especialmente herido de mucha gravedad una de ellas" que "a día de hoy presenta las secuelas más ostensibles".
Apunta el escrito que la segunda mesa "alcanzada en el recorrido del atropello homicida", donde estaban cuatro personas, "corrió peor suerte al encontrar la muerte un hombre que se encontraba allí sentando, "tras un impacto directo sobre su cuerpo, dejando lesionados a algunos de los demás", así como que "el acusado hizo ademán de volver a atropellar a los que ya estaban heridos".
Subraya la acusación que "las consecuencias no fueron más graves por la distracción que al acusado le supuso la presencia" de otra persona que "con aspavientos, condujo hacia él su atención y consiguió retirar de la escena del bar 'El apoderado' al acusado poniendo en peligro su vida".
En este punto, indica el escrito que, posteriormente al atropello mortal, "el acusado siguió su marcha buscando hacer más daño voluntariamente y se dirigió al bar 'La Almazara' donde embistió contra una mesa donde se encontraban otras cuatro personas "y tras embestirlos con el coche el acusado gritó: ya no vais a hablar más de mí, ahora os vais a reír con razón" y "huyó, siendo detenido posteriormente".
Concluye el escrito indicando que, según se relata, "existía un vínculo de enemistad manifiesta entre el acusado y una de las personas atropelladas por una ruptura de pareja", así como "otra enemistad entre el acusado y el padre de su expareja, que acabó con otro atropello con vehículo intencionado por parte del acusado". Asimismo, señala que "existen denuncias penales con sentencias condenatorias que certifican la enemistad manifiesta de la familia del acusado y la de su expareja", que fue una de las personas que resultó atropellada.
El acusado tiene antecedentes
De otro lado, reseña la acusación particular "la conducta violenta del acusado", que cuenta "con antecedentes policiales" por "once denuncias entre los años 2009 a 2021 "por comportamientos violentos, algunos con vehículo a motor, amenazas de acuchillar, agresiones, amenazas de muerte, entre otros", y que "en ningún momento aparecen indicios de enfermedad mental en los once episodios denunciados".
Indica el escrito que el Informe de la Policía Judicial "lo califica de persona conflictiva" y "con clara intención de atentar contra la vida de las personas con ánimo de matarlos" y que el acusado "tiene antecedentes penales".
Finalmente, remarca que el resultado de los atropellos fue el fallecimiento el mismo día de un hombre que se encontraba en la terraza de uno de los bares y "las lesiones físicas y psicológicas del resto de los allí presentes", además de los daños materiales en enseres de los bares.
Facultades plenas y conscientes
De otro lado, el informe forense lo diagnostica de "trastorno antisocial" y llega a la conclusión de que "tenía sus facultades plenas y conscientes sobre el daño que había realizado", así como apunta el escrito de acusación que "el escaso y a veces casi nulo tratamiento farmacológico y psiquiátrico durante estos dos años de cárcel confirma el correcto proceder de los forenses que lo han examinado".
El informe forense apunta que "en el momento de la exploración sus capacidades cognitivas y volitivas se encuentran indemnes, siendo capaz de comprender el alcance y las consecuencias de hechos como los que se le imputan", toda vez que señala que "no se considera que su trastorno sea de tal intensidad como para afectar a sus capacidades cognitivas en relación con los hechos imputados, no pudiendo descartarse una afectación parcial de sus capacidades volitivas en relación a la impulsividad que caracteriza su trastorno y al consumo de tóxicos".
La imputabilidad de esta persona, conforme a sus capacidades psíquicas, será la clave en el juicio, una vez que el acusado "ha admitido ser el autor de los hechos", ha subrayado Orta.
El juicio se señalará una vez conformado el Tribunal de Jurado y, aunque entre las peticiones de prisión por delito de asesinato, ocho tentativas de asesinato y conducción temeraria suman 150 años, tan solo se podrá imponer, por un lado, la pena por asesinato --entre 20 y 25 años-- y, por otro, una condena por delito de homicidio --al quedar subsumadas las otras siete--. Por tanto, si resulta condenado, la pena podrá ser, aproximadamente, de entre 30 y 35 años.
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