Suspenden la pena de tres años de prisión a un hombre sorprendido con 30.000 archivos pedófilos

  • Le han intervenido "más de 30.000" archivos "relacionados con la pedofilia, unos activos y otros borrados pero recuperables"

  • Los archivos contenían imágenes de "menores de edad protagonizando desnudos o escenas sexuales explícitas"

  • La sentencia declara probado que el acusado era adicto a las bebidas alcohólicas y eso mermaba "sus facultades intelectivas"

Un hombre de Sevilla ha sido condenado por tener y distribuir más de 30.000 archivos de pornografía infantil a tres años de prisión, una pena privativa de libertad que ha quedado suspendida bajo la condición de que no cometa ningún delito durante ese plazo.

Según recoge la sentencia de la Sección Cuarta de la Audiencia de Sevilla, a la que ha tenido acceso EFE este martes y que se produce tras una conformidad de las partes, en el procesado concurren las circunstancias atenuantes de dilaciones indebidas y analógica de alcoholismo.

Además, deberá someterse a un informe semestral emitido por el centro que le está tratando, participar en un curso formativo en materia de libertad sexual y tendrá prohibido acceder a redes de intercambio de archivos (P2P).

Descargó y compartió archivos con contenido sexual de menores

Según declara probada la sentencia, en el verano de 2019 el acusado descargó y compartió archivos con contenido sexualmente explícito de menores de edad a través de un equipo del que era titular y cuya conexión se ubicaba en su domicilio de Sevilla.

Para ello, utilizaba el programa 'eMule', consciente de que era idóneo para la obtención y puesta a disposición de otros usuarios de archivos de la temática y con nomenclatura pedófila.

Intervenidos varios equipos

En el domicilio del acusado fueron intervenidos varios equipos de su propiedad y uso exclusivo con más de 30.000 archivos -unos activos y otros borrados pero recuperables- relacionados con la pedofilia.

Al menos 213 de estos archivos estaban siendo compartidos con otros usuarios, indica la resolución, contra la que no cabe recurso al haber sido declarada "firme" en el acto del juicio.

La sentencia indica que, cuanto tuvieron lugar los hechos, el acusado padecía adicción a las bebidas alcohólicas de larga duración que mermaba sus facultades intelectivas.

La causa también ha sufrido paralizaciones por motivos no imputables al acusado. 

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