Declaración de la Renta 2023: las deducciones para pagar menos en Andalucía

Los contribuyentes que en el año 2023 hayan tenido su residencia habitual en la Andalucía podrán aplicar una serie las siguientes deducciones autonómicas en su declaración de la renta. Entre ellas, hay gastos relacionados con la vivienda, la educación o la familia, así como las donaciones e inversiones realizadas.

En lo que se refiere a las circunstancias personales y familiares, se podrán deducir 200 euros por cada hijo nacido o adoptado o por cada menor en régimen de acogimiento familiar y hasta 400 euros si el contribuyente reside en un municipio con problemas de despoblación. En el caso de que se trate de una adopción de carácter internacional la deducción será de 600 euros por cada hijo.

En el caso de familia monoparental se podrá deducir 100 euros de la declaración siempre y cuando tenga hijos que sean menores de edad o que hubieran sido declarados judicialmente incapacitados, estén sujetos a patria potestad prorrogada o rehabilitada, así como aquellos mayores de edad con discapacidad a quienes, por resolución judicial, asista un cuidador.

La deducción se incrementará con otros 100 euros por cada ascendiente que conviva con la familia monoparental, siempre que estos generen el derecho a la aplicación del mínimo por ascendientes mayores de 75 años establecido en la normativa estatal.

En el caso de familias numerosas de categoría general existe una deducción de 200 euros que asciende hasta los 400 euros si la familia numerosa es de categoría especial

Discapacidad

La comunidad andaluza también permite la deducción de 150 euros por cada contribuyente que tenga la consideración de persona con discapacidad. Para ello, deben tener reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%. 

También podrá reducir 100 euros por el cónyuge o pareja tenga la consideración de personas con discapacidad en grado igual o superior al 65% siempre y cuando no sea declarante del IRPF. En el caso de parejas de hecho, estas han de estar inscritas en el Registro de Parejas de Hecho.

Para la asistencia a personas con discapacidad, Andalucía también contempla una deducción con carácter general de 100 euros por cada persona con discapacidad que otorgue derecho a la aplicación del mínimo por discapacidad de ascendientes o descendientes.

En el caso de que las personas con discapacidad precisen ayuda de terceras personas se puede deducir el 20% del importe satisfecho a la Seguridad Social con el límite de 500 euros anuales por contribuyente, siempre y cuando se acredite que las personas con discapacidad necesitan dicha ayuda.

También existe una deducción por ayuda doméstica del 20% de la cotización anual de un empleado o empleada del hogar familiar, que constituya la vivienda habitual del empleador o empleadora, no pudiendo superar el importe máximo de la deducción los 500 euros.

Vivienda

Andalucía cuenta con una serie de deducciones autonómicas relacionadas con la vivienda. En el caso de inversión en la vivienda habitual se puede deducir el 5% de la adquisición o rehabilitación del inmueble que constituya o vaya a constituir la vivienda habitual del contribuyente siempre y cuando tenga la calificación de vivienda protegida y que el comprador sea menor de 35 años. 

También hay una ayuda por alquiler de vivienda habitual con una deducción del 15% del alquiler de la vivienda habitual del contribuyente con un máximo de deducción de 600 euros anuales, con carácter general y 900 euros anuales, en el caso de que el contribuyente tenga la consideración de persona con discapacidad.

Para ello, debe ser menor de 35 años, mayor de 65 o que tenga la consideración de víctima de violencia doméstica, víctima del terrorismo o de persona afectada. Además el arrendador debe estar identificado haciendo constar su NIF

Otras deducciones

Para la adquisición de acciones y participaciones sociales como consecuencia de acuerdos de constitución de sociedades o ampliación de capital en las sociedades mercantiles, existe una deducción del 20% de las cantidades invertidas con un límite de 4.000 euros anuales.

En el caso de que las sociedades hayan sido creadas o participadas por universidades o centros de investigación, asciende al 50% de las cantidades invertidas, con un límite de 12.000 euros anuales.

Por donativos con finalidad ecológica, Andalucía contempla una deducción para el 10% de las cantidades donadas con un límite de deducción aplicable de 150 euros.

También existe una deducción en los gastos de defensa jurídica siempre que se trate de un asunto de relación laboral en procesos de despido, extinción de contrato y reclamación de cantidades. En ese caso se puede deducir hasta 200 euros.

Por último, Andalucía cuenta con una serie de deducciones en temas educativos. El contribuyente puede deducir de su declaración el 15% de los gastos de enseñanza escolar o extraescolar de idiomas, de informática o de ambas con un importe máximo de 150 euros anuales por cada hijo.

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