"Me siento con euforia, contento, hemos conseguido algo muy difícil", reconoce Andrea Speck a NIUS, tras conocer la sentencia que cierra un capítulo muy importante en su vida. Andrea es alemán pero reside en Sevilla desde hace 10 años. Comenzó una batalla judicial para conseguir que en el registro se le identificara como se siente, con género no binario. Su documentación "era un lío", en el Registro central de Extranjería figuraba como hombre y, en la Seguridad Social, como mujer. Sin embargo, en su pasaporte alemán, consta una tercera casilla, la que no existe en España.
"Esta sentencia es una oportunidad para muchas personas", señala Andrea Speck, de aquí su mayor satisfacción. Actualmente trabaja como formador en temas de "no violencia" relacionados con el colectivo trans. Vive en un país donde siente que se le ha dejado fuera del "debate de la Ley Trans", porque en mitad, antes y después de la polémica, se ha sentido invisible: "los no binarios nos hemos sentido como si no existieramos", reconoce.
"Mediante el resultado de la justicia vamos a tener más visibilidad y ojalá más pronto que tarde exista la tercera casilla en el género en este país", señala Speck. Hace más de cuatro años, en 2018, comenzó la batalla legal que acaba de terminar con la decisión de el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que obliga al Registro central de Extranjería a inscribirlo con género "indeterminado", tal y como aparece en el pasaporte de su país.
Su defensa, la abogada sevillana Olga Burgos, especializada en asuntos de igualdad, señala que esta sentencia firme "es pionera en Europa". A pesar del indicativo sobre su género que aparece en su pasaporte, en el Registro central de Extranjería, Andrea Speck se encuentra inscrito como "hombre", al igual que en todos los documentos oficiales salvo en la Seguridad Social, donde figura como "mujer" y en el Servicio Andaluz de Salud (SAS) donde, "tras cuatro años de batalla judicial", consiguió que le registraran con "género no especificado", relata la abogada.
Andrea explica que "no quería seguir aportando datos no reales" ya que "no es ni hombre ni mujer" y que, por eso, inició esta serie de litigios, amparándose en la Ley 2/2014 integral para la no discriminación por motivos de género y reconocimiento de personas trans en Andalucía. Ha sido el alto tribunal andaluz el que le ha dado finalmente la razón a este ciudadano de origen alemán para que el Registro central de Extranjería reconozca en la documentación y datos de identidad el género reconocido en su país de origen. Esta sentencia, según la abogada, "abre la puerta a que otras personas exijan este reconocimiento de una tercera casilla en el apartado de género" en los documentos oficiales de España.