El municipio de Villacarrillo, en Jaén, ha vuelto a despertar con la Guardia Civil entre sus calles. Este lunes, los agentes, comenzaron a registrar las propiedades de un empresario agricultor al que se investiga tras la denuncia de la desaparición de uno de sus trabajadores. Unos registros que continúan este martes en la búsqueda de cualquier pista que ayude a dar con el paradero de Ibrahima, un joven senegalés de 31 años.
Se dan las circunstancias de que el empresario ya se vio envuelto en una investigación similar hace años y, por lo que fue absuelto en 2016 del delito de desaparición forzada. Se le conoce como “Caso Tidiany”, porque así se llamaba el temporero de Malí que desapareció en 2013 y por el que el empresario se sentó en el banquillo. Según los tres magistrados de la Sección Segunda de la Audiencia no había pruebas suficientes como para quebrantar la presunción de inocencia.
No obstante, el tribunal sí que consideró a Ginés V. L. autor de otros tres delitos considerados “secundarios” y que fueron “saliendo” durante la investigación de la Guardia Civil. Así, la sentencia, consideró al empresario agrícola autor de delitos contra los derechos de los trabajadores, de obstrucción a la Justicia y de defraudación de fluido eléctrico. En total, la sala le impuso dos años y medio de cárcel y el pago de multas, unos 11.400 euros. Además, como no tenía antecedentes, no entró en la cárcel.
La Audiencia consideró probado que Ginés V. L. abusaba laboralmente de los temporeros que tenía a su cargo, a los que obligaba a trabajar en condiciones infrahumanas. A algunos, incluso, no les dieron de alta en la Seguridad Social porque no tenían papeles. Por estos hechos el tribunal lo condenó a un año de cárcel por un delito contra los derechos de los trabajadores.
La Audiencia también consideró que el acusado realizó un enganche ilegal de la luz en la vivienda de su propiedad en la que tenía alojados a los trabajadores inmigrantes. La defraudación de fluido eléctrico fue el segundo delito por el que se le condenó. El tercero: obstrucción a la Justicia. El acusado presionó a una pareja para que declarara a su favor y le proporcionara una coartada para el día de la desaparición de Tidiany, ocurrida el 17 de diciembre de 2013. Por estos hechos, se le condenó también a un año y medio de cárcel.
Sin embargo, la Audiencia absolvió a Ginés V. L. del delito de desaparición forzada que le imputó únicamente la acusación particular. La familia del temporero maliense sostuvo, en el juicio, que el patrón secuestró a la víctima en la mañana en la que se le perdió la pista después de discutir con él por las condiciones laborales que sufrían en aquella campaña de recolección de la aceituna. Según esta misma hipótesis, lo llevó a la finca de “La Moratilla”, propiedad de su familia, donde lo hizo desaparecer. Para los investigadores de la Guardia Civil, se deshizo del cadáver aquella misma tarde-noche.
Sin embargo, el tribunal estimó que no había pruebas de que esto ocurriera. Para los magistrados de la Audiencia, los indicios presentados en contra del empresario no tenían la fuerza suficiente como para sostener una condena por un delito de desaparición forzosa. El acusado relató, durante la vista oral, que la última vez que vio a Tidiany fue a las nueve y media de la mañana del día en que se perdió su rastro.
El principal era el hallazgo de unas orejeras del temporero en la finca de “La Moratilla”, que fueron encontradas 24 días después de la desaparición. El acusado alegó que cualquiera pudo ponerlas allí. El tribunal tampoco consideró concluyente que un perro especializado en la detección de cadáveres humanos señaló un olivar cercano al lugar donde estaban las orejeras.
Y un último aspecto fue el informe de la Guardia Civil sobre los movimientos que hizo Ginés V. L. el día de los hechos. Los agentes rastrearon las llamadas de su móvil y llegaron a la conclusión de que el teléfono funcionó gracias a la antena ubicada en Villanueva del Arzobispo, que da cobertura a la finca de “La Moratilla”. Los magistrados consideraron que ese informe no podía ser determinante, porque no prueba que estuviera en esa parcela.