Los motivos que justifican la movilidad entre los municipios de Andalucía
Agentes de la Guarda Civil realizan un control de tráficoEfe
A partir del 10 de noviembre, Andalucía cierra perimetralmente sus municipios
Se puede salir "por causa de fuerza mayor o situación de necesidad"
Se cierra la actividad no esencial a las 18 horas
Andalucía confina a todos los municipios de la comunidad a partir de las 00:00 horas del martes 10 de noviembre hasta el día 23 del mismo mes. Esta medida que se suma a otras en la lucha contra el coronavirus como el cierre de toda actividad no esencial a partir de las 18 horas y la ampliación del toque de queda desde las 22:00 hasta las 07:00- permitirá a estos municipios solo entrar y salir de forma justificada.
Andalucía cierra toda actividad no esencial a las 18 horas y amplía el toque de queda
MÁS
Las excepciones para entrar y salir
Como ya ocurriese en el anterior decreto, en vigor desde el 30 de octubre y que afectó a 449 municipios de las provincias de Cádiz, Córdoba, Granada, Jaén, Málaga y Sevilla, se establecen como desplazamientos justificados, además de aquellos que se realicen "por causa de fuerza mayor o situación de necesidad", los siguientes:
- La asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
- Los desplazamientos por cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales.
- La asistencia a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de educación infantil.
- El retorno al lugar de residencia habitual o familiar; y asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
- Los desplazamientos a entidades financieras y de seguros o estaciones de repostaje en territorios limítrofes.
- Las actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales.
- Las renovaciones de permisos y documentación oficial, así como otros trámitesadministrativos inaplazables.
- La realización de exámenes o pruebas oficiales inaplazables.
- Los desplazamientos de deportistas, entrenadores, jueces o árbitros federados, para realizar actividades deportivas federadas de competición oficial, debidamente acreditados mediante licencia deportiva o certificado federativo.