El Banco de España lanza su última advertencia sobre las cuentas compartidas
Las entidades financieras siguen avisando sobre las actividades que pueden acarrear problemas y que requieren mayor atención
El Banco de España ha lanzado una nueva advertencia sobre las cuentas compartidas y los contratos con régimen de disposición indistinto
Si uno de los propietarios genera un descubierto o solicita un crédito sin el consentimiento del resto de titulares puede haber problemas
Las entidades financieras siguen avisando a los usuarios sobre las actividades y prácticas que pueden acarrear problemas, por lo que requieren una atención especial. En este caso, ha sido el Banco de España el que ha lanzado su última advertencia sobre las cuentas compartidas.
Las cuentas bancarias compartidas, una opción cómoda para trámites con familiares o amigos
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Cuando hablamos de trámites económicos con socios, familiares o amigos, las cuentas bancarias compartidas se presentan como una opción muy cómoda: los clientes tienen una cantidad de dinero en común y pueden realizar sus gastos e ingresos necesarios.
Además, en el caso de tener un régimen de disposición indistinto, cualquiera de los propietarios puede realizar las operaciones que quiera sin necesidad de la autorización del resto de titulares. El proceso es mucho más sencillo que en las cuentas de disposición conjunta, donde se requiere la firma de todos los titulares en cualquier operación.
Las cuentas con contratos con régimen de disposición indistinto: los riesgos
Ante este escenario, el banco central advierte sobre el riesgo de las cuentas con contratos con régimen de disposición indistinto. Y es que si uno de los propietarios genera una deuda -descubierto- o solicita un crédito sin el consentimiento del resto de titulares pueden aparecer serios problemas:
Los conflictos de esta índole deben solucionarse ante los tribunales. En muchos casos, el Banco de España "no cuenta con toda la información necesaria para poder valorar adecuadamente la situación", según explican desde su página web, por lo que no pueden pronunciarse cuando se presentan reclamaciones sobre este asunto.
Situaciones a favor de las personas jurídicas
El organismo asegura que hay situaciones en las que la justicia se posiciona a favor de las personas jurídicas, a pesar del vacío legal existente. Se darían en tres casos:
- Cuando la tarjeta o el préstamo pertenecen a un solo titular
- Cuando la parte "inocente" desconoce las domiciliaciones de los pagos
- Cuando el contrato de la cuenta no contempla los descubiertos en las circunstancias explicadas
En caso de presentarse alguna de estas condiciones, se considerará que la entidad se ha alejado de las "buenas prácticas bancarias" al autorizar los movimientos en la cuenta. El Banco de España explica que, en las circunstancias mencionadas, las entidades estarían aceptando deudas en nombre de todos los titulares de la cuenta, convirtiéndolos en avalistas de la financiación sin consentimiento previo.