¿Hasta dónde pueden llegar las comunidades autónomas en sus restricciones según el actual estado de alarma?

  • Aforo, horarios y confinamiento territorial, las tres principales armas

  • La mayoria de los territorios españoles no ha utilizado las armas anticovid establecidas en el estado de alarma

  • Las Comunidades no tienen competencias para decretar confinamientos domiciliarios

Con la tercera ola de coronavirus colapsando las UCIS de los hospitales españoles y provocando más de 400 muertes al día, el Gobierno y las Comunidades Autónomas siguen inmersas en un rifirrafe lleno de contradicciones. En la gobernanza establecida entre gobiernos y autonomías nos encontramos con 17 modos distintos de atacar una pandemia que dejan a los ciudadanos sin saber muy bien qué pueden o no hacer.

Con varias comunidades autónomas solicitándole al Gobierno que decrete un nuevo confinamiento domiciliario y adelante el horario del toque de queda establecido, en ‘Ya es mediodía’ nos hemos preguntado ¿Hasta dónde pueden llegar las comunidades autónomas respecto a sus medidas restrictivas anticovid dentro del estado de alarma establecido?

Aunque parezca mentira, la mayoría de los territorios todavía no ha utilizado todas las armas a su disposición para frenar al virus. La capacidad para limitar los horarios de los comercios pertenece plenamente a las autonomías y no tienen límites, por lo que pueden decidir incluso, cerrar totalmente todo el sector como ha hecho Castilla la Mancha.

La segunda medida restrictiva que las autonomías pueden aplicar afecta a los aforos. En el actual estado de alarma permite las reuniones de un máximo de 6 personas, pero el presidente Sánchez lo dejó clarísimo, las comunidades tienen libertad para reducir ese aforo tanto como quieran. Hasta el momento, Murcia, Canarias y Baleares han reducido el aforo a personas convivientes en el mismo domicilio.

Respecto a los confinamientos, los municipios no pueden establecer un confinamiento domiciliario tan drástico como el que vivimos en el mes de marzo, pero sí pueden decretar confinamientos de comunidades, ciudades e incluso por barrios. Pueden decretar confinamientos perimetrales, pero no particulares en domicilios.