El uso de mascarillas es obligatorio en España en todos los lugares públicos donde no se pueda mantener la distancia de seguridad. La norma se aplica desde este jueves a todas las personas mayores de seis años. Es una medida implantada por el Gobierno para intentar frenar un repunte del coronavirus durante la desescalada. Pero, a raíz de esta nueva directriz, surgen muchas preguntas.
La norma del Gobierno no lo especifica. Lo que Interior pide a las autoridades es que se informe al ciudadano de la obligatoriedad de llevar la mascarilla. En principio, se podrá multar a las personas que no obedezcan a la policía. Dichas multas serían las mismas que ya se aplican en el transporte público a los ciudadanos que no la lleven puesta y que oscilan entre los 601 y los 30.000 euros.
Sobre este tema no hay nada concreto en la norma, aunque sobre las razones para no usarla se habla de “causas de fuerza mayor”, una frase muy ambigua.
Nos las podemos quitar en la sala siempre y cuando haya una distancia superior a dos metros con el resto de los espectadores. Pero es obligatorio el uso de las mascarillas cuando vamos a la taquilla a comprar la entrada y en la cola.
Sí, si son personas con las que no hemos convivido de forma habitual y no se puede mantener la distancia de dos metros. En ese caso, se podría prescindir de ello, pero Sanidad recomienda ambas cosas.
No es obligatorio llevar mascarilla si viajamos solos en el coche o con alguien con quie convivimos habitualmente. Pero si vamos con otras personas con las que no vivimos sí hay que llevarla, al igual que si usamos un coche de empresa o de alquiler.