El Supremo confirma la condena a dos hombres por violar a una menor en Burriana la Nochevieja de 2019
El tribunal confirma la condena a 23 y 21 años de prisión por tener y violar a una menor en Burriana (Castellón)
Los condenados abordaron a la menor cuando regresaba a su domicilio y la violaron en repetidas ocasiones
Los dos hombres grabaron en vídeo el momento de la agresión e hicieron fotos a la víctima
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha confirmado la condena a 23 y 21 años de prisión a dos hombres por delitos de agresión sexual, detención ilegal y lesiones a una menor de edad que regresaba a su casa después de celebrar la Nochevieja en Burriana, un municipio de Castellón, en 2019.
La sala desestima los recursos de casación interpuestos por los dos condenados, de 21 y 19 años, contra la sentencia previa del Tribunal Superior de Justicia de Valencia, que confirmó, a su vez, las penas de prisión impuestas por la Audiencia Provincial de Castellón.
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Uno de los condenados abordó a la menor por la espalda y la violó
Los hechos ocurrieron en la madrugada del 1 de enero de 2019, cuando, después de la cena, uno de los dos condenados, que eran temporeros y vivían junto a otras personas en un piso del municipio, dijo que salía a la calle a comprar tabaco.
A las 05.00 horas vio a una joven sola, a la que no conocía, que regresaba a su domicilio tras celebrar la Nochevieja con sus amigas en la carpa instalada en la plaza del Ayuntamiento. En un parque, de forma repentina y por la espalda, abordó a la menor, la tiró al suelo y la violó.
Después, levantó del suelo a la víctima, que estaba en estado de shock, y cogida de la mano la llevó a su domicilio, donde volvió a violarla. El otro condenado entró en la habitación y, a pesar de los ruegos de la joven, la violaron los dos de nuevo.
La tuvieron retenida hasta las once de la mañana
Además, grabaron en vídeo e hicieron fotos a la víctima, sin su consentimiento, mientras ocurrían los hechos. Hasta las once de la mañana no la dejaron salir de la vivienda. La menor sufrió lesiones y trastorno de estrés postraumático por el que ha necesitado tratamiento psicológico.
La sentencia señala que es difícil comprender que los condenados usen argumentos que ya le han sido rechazados para convencer, no ya de que no hubo violencia, sino de que la víctima participó pasiva y activamente de los actos sexuales y no se negó a realizarlos.
Para la Sala ese relato es "tan increíble, en sí mismo, que, al margen de que cae por su base, sirve de refuerzo de la credibilidad del testimonio de la víctima".
Se les considera autores de un delito continuado de agresión sexual con acceso carnal, con un delito de detención ilegal y como cooperadores necesarios, así como de un delito leve de lesiones.