Condenada a prisión una mujer por llamar "bollera de mierda" a su compañera de trabajo en Alicante
El tribunal considera probado que la acusada intentó "menoscabar su dignidad como persona, menospreciándola por su condición sexual"
La sentencia de la Audiencia de Alicante considera que la condenada cometió un delito contra los derechos fundamentales al atentar contra su honor
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Una mujer de 44 años ha sido condenada a seis meses de prisión por insultar y menospreciar por su identidad sexual a una compañera, a la que llamó “bollera de mierda”. La sentencia de la Audiencia de Alicante considera que la condenada cometió un delito contra los derechos fundamentales al atentar contra su honor.
Ambas mujeres trabajaban en una empresa dedicada a la distribución de artículos deportivos en el municipio alicantino de Finestrat, cuando la condenada la insultó en varias ocasiones, según la sentencia, dictada por un tribunal de la Sección Primera, que la considera responsable de un delito cometido contra el ejercicio de derechos fundamentales y libertades públicas reconocidos en la Constitución en concurso con un delito contra la integridad moral.
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Las descalificaciones y el trato vejatorio tuvieron lugar en al menos dos ocasiones: la primera de ellas, en torno a las 13.30 horas del 30 de junio de 2022. Y la segunda, alrededor de las 19.15 horas del 13 de diciembre del mismo año.
El tribunal considera probado que la acusada se dirigió hacia su compañera de trabajo “con la intención de menoscabar su dignidad como persona, menospreciándola por su condición sexual debido a su intolerancia incompatible con la convivencia", y la "atacó verbalmente en sendas ocasiones".
La condenada admite su culpa y paga 1.000 euros en sustitución de la pena de prisión
La procesada admitió la acusación formulada por la Fiscalía y reconoció la autoría de los insultos, tras alcanzar un acuerdo de conformidad, por el que había asumido por anticipado el pago de la cantidad de 1.000 euros para resarcir el daño moral causado a la víctima.
De este modo, el tribunal acuerda la suspensión de la pena privativa de libertad, tras aplicar la atenuante de reparación del daño. La resolución judicial es firme, sin que quepa la posibilidad de recurso.
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