El Tribunal Supremo impone 12 años y nueve meses de prisión a un hombre de Les Alqueries (Castellón), casi octogenario, que agredió sexualmente de manera continuada a una menor de 14 años. El acusado llevaba a la menor a su domicilio bajo amenazas y aprovechándose de su vulnerabilidad.
El tribunal declaró que el anciano "valiéndose de la precaria situación económica y social de la menor, y para satisfacer su ánimo libidinoso", se acercó a ella en diciembre de 2019 mientras estaba vendiendo papeletas en una terraza de un bar de Les Alqueries (Castellón), y entabló conversación con la niña.
Otro día, se la encontró por la calle y le ofreció dinero para que le acompañara a su casa, amenazándole con que si no lo hacía, le pasaría algo a su madre y a sus hermanos. Por miedo, la menor accedió a ir aproximadamente dos veces por semana, y una cantidad de veces indeterminada. Durante los encuentros, el anciano "le hizo tocamientos en pechos, nalgas, piernas y genitales", y en ocasiones utilizó la violencia para obligarle a masturbarle y para intentar violarla. Esto último no se produjo ya que la menor consiguió huir.
En el momento de los hechos (diciembre 2019 - febrero 2020), el anciano tenía 76 años, y alegó presunción de inocencia en su recurso ante el Supremo contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, que le impuso esa pena. Se le acusaba por un delito continuado de agresión sexual a una menor con la agravante de reincidencia y otro de corrupción de menores.
Para el TS, tras escuchar la declaración de la víctima junto con su informe psicológico, mensajes del acusado, relatos de testimonios cercanos y fotografías encontradas que sitúan a la menor en el domicilio del anciano, ha decidido rechazar el recurso del condenado. Asimismo, todo ello sería suficiente para también desactivar la presunción de inocencia.
Para el Supremo, aunque algunos de los encuentros fuesen aceptados por la menor, "no hace desconfiar" de la presencia en otros, especialmente el último en el que intentó violarla, de amenazas y violencia, por lo que ratifica la condena.
La víctima presenta trastorno de estrés postraumático, síntomas de ansiedad y depresión, entre otros, y tuvo que ser intervenida quirúrgicamente a causa de la ingesta del propio cabello al haber desarrollado tricofagia.
El tribunal ha fijado una indemnización de 15.000 euros en concepto de responsabilidad civil. Además, prohíbe al condenado a aproximarse a la víctima en un radio de 300 metros y comunicarse con ella por el periodo de ocho años tras el cumplimiento de la pena de cárcel. Tras la condena en prisión, también se establece su libertad vigilada durante otros nueve años.