El estado de alarma deja al transporte público con un 50% menos de servicio
Dicho recorte podría ampliarse hasta el 60% en caso de que se considere necesario
El Ministro de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana podrá modificar este porcentaje
Los operadores de transporte reducirán la oferta total de operaciones en al menos un 50% en los servicios de transporte público de viajeros por carretera, ferroviarios, aéreo y marítimo que no están sometidos a contrato público u obligaciones de servicio público, como consecuencia de la declaración del estado de alarma. Dicho recorte podría ampliarse hasta el 60% en caso de que se considere necesario.
Además, se establecerán las condiciones necesarias para facilitar el transporte de mercancías para garantizar el abastecimiento en toda España, y en aquellos servicios en el billete otorga una plaza sentada o camarote, los operadores de transporte o canales de comercialización de billetes solo podrán poner a la venta un tercio de las plazas máximas disponibles para garantizar el distanciamiento entre viajeros.
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Así se establece en el real decreto aprobado este sábado por el Consejo de Ministros extraordinario por el que se declara el Estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19, que fija la limitación del transporte público en al menos un 50%, si bien matiza que existe la opción de reducirlo entre un 40% y un 60%, teniendo en cuenta que con la reducción del número de billetes que puede venderse por vehículo, la movilidad total se va a ver muy reducida.
No obstante, por orden del Ministro de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana se podrá modificar este porcentaje y establecer condiciones específicas al respecto. En concreto, los servicios de transporte público de viajeros por carretera, ferroviarios, aéreo y marítimo de competencia estatal que están sometidos a contrato público u obligaciones de servicio público reducirán su oferta total de operaciones en un 50%, con la opción de hacerlo entre un 40% y un 60%.
Estos porcentajes se aplicarán para los servicios ferroviarios de Cercanías, de Media Distancia, de Media Distancia-Avant y servicios regulares de transporte de viajeros por carretera. "En esta resolución se tendrá en cuenta la necesidad de garantizar que los ciudadanos puedan acceder a sus puestos de trabajo y los servicios básicos en caso necesario", añade la norma.
Otro de los objetivos por parte del ministerio es facilitar el transporte de mercancías en todo el territorio nacional, con objeto de garantizar el abastecimiento. Además, los operadores de servicio de transporte de viajeros quedan obligadas a realizar una limpieza diaria de los vehículos de transporte, de acuerdo con las recomendaciones que establezca el Ministerio de Sanidad.
Por último, Los sistemas de venta de billetes online deberán incluir durante el proceso de venta de los billetes un mensaje suficientemente visible en el que se desaconseje viajar salvo por razones inaplazables. Con objeto de garantizar el distanciamiento adecuado entre los viajeros, en aquellos servicios en el billete otorga una plaza sentada o camarote, los operadores de transporte o canales de comercialización de billetes sólo podrán poner a la venta un tercio de las plazas máximas disponibles.