La Dirección General de Tráfico (DGT) ha preparado una serie de medidas para 2021 con el objetivo de garantizar la seguridad de los conductores, los pasajeros y los peatones. Y, aunque gran parte de las sanciones vendrán motivadas por los excesos de velocidad, hay otros motivos que desconocemos y por los cuales podemos recibir una multa de los agentes. Uno de ellos es conducir demasiado abrigado.
Las prendas invernales, debido a su volumen, resultan molestas porque suelen reducir la movilidad, por lo que además suponen un peligro a la hora de conducir. Ello podría acarrearnos una multa de hasta 200 euros por parte de los agentes de la DGT. Aunque la posibilidad de sanción por conducir con chanclas en verano o con zapatos con mucho tacón sí que es conocida por la mayoría de conductores, muchos ignoran el riesgo al que se exponen cuando conducen con abrigos puestos.
Tampoco es recomendable conducir con guantes a pesar del frío, ya que ocurre lo mismo: nos reducen la capacidad de movimiento y ralentizan las reacciones al volante. Si bien es cierto que no hay un apartado específico en el código de circulación que regule las multas por llevar prendas de abrigo conduciendo, sí que se establece que el conductor debe vestir "ropa que le permita libertad de movimientos y garantice su seguridad".
Por lo tanto, conviene quitarse el abrigo antes de arrancar el coche, por cuestiones de seguridad y porque quedará a voluntad de los agentes la posibilidad de imponer una sanción si consideran que la conducción en esas condiciones puede suponer un riesgo en la calzada.