La insólita sentencia, dictada por la Audiencia de Palma a instancias de la madre de la menor, llega tras más de dos años de incumplimiento de una anterior que otorgaba al padre de la niña el derecho de visitarla entre semana y el reparto entre los dos excónyuges de las vacaciones escolares. A cambio, la madre conservaba la guardia y custodia de la menor y el padre debía abonarle una pensión de alimentos, según publica el Diario de Mallorca.
No obstante, tras dos años de incumplimiento, la madre de la niña presentó ante el juzgado de Manacor una una petición para pedir que se modificasen las condiciones de divorcio y se le retirase el régimen de visitas al padre de la menor.
Sin embargo, el juzgado de Manacor no emitió el fallo a favor de esta petición y dictó que el hombre podía seguir viendo a la niña y pasarle una pensión de 220 euros al mes.
Tras apelar esta decisión y después de que la sección cuarta de la Audiencia de Palma examinase a la niña, se ha dictaminado que el padre de la menor no podrá verla entre semana, ni tampoco en vacaciones después de pasar más de dos años sin establecer contacto con ella y sin pasarle la pensión de alimentos.
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