La OCU denuncia que los nuevos plazos de la ITV acortan su validez hasta 6 meses
La multa por no llevar el vehículo a la ITV en el tiempo reglamentario asciende a 200 euros
Al inicio del estado de alarma y como consecuencia del cierre de las estaciones para la Inspección Técnica de Vehículos (ITV), se aplazó la obligación de llevar el coche para su revisión. Ahora, para evitar la previsible saturación de vehículos, se han aumentado significativamente los plazos.
Por ejemplo, el propietario de un vehículo con fecha de validez hasta el 16 de mayo tendría hasta 180 días más para llevarlo a la ITV. El problema, según la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), es que la nueva normativa no contempla que la fecha de cara a la siguiente revisión se amplíe en la misma proporción, acortando así el siguiente periodo de espera hasta seis meses sin que existan motivos técnicos que lo justifiquen.
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La OCU va a trasladar al Ministerio de Industria una solicitud para que, una vez realizada la próxima ITV, se mantengan los plazos establecidos hasta ahora, que, para el caso de un turismo, son de 12 meses cuando el vehículo tiene más de 10 años y de dos años para los vehículos de entre 4 y 10 años de antigüedad. No hay ninguna razón técnica que avale el hecho de acortar el período de validez de la ITV prorrogada, puesto que los requisitos técnicos y de seguridad que tienen que pasar los vehículos son los mismos que en la no prorrogada. No puede ser que las tasas a abonar sean las mismas, mientras que la validez sea menor.
Además, la OCU recuerda a los conductores que no pasaron la ITV a su coche antes del estado de alarma que pidan cita en cuanto se reabran las estaciones y no utilicen su vehículo si no es para realizar la inspección. De lo contrario podrían enfrentarse a una sanción de 200 euros.