Los hechos comenzaron cuando una llamada de una testigo alertaba al Centro Operativo Complejo (COC) de la Comandancia de la Guardia Civil en Santa Cruz de Tenerife de que un varón se encontraba golpeando a un perro con lo que parecía ser un azada en un barranco situado en las inmediaciones de la iglesia de San Isidro, en la localidad de El Rosario.
Al llegar a las inmediaciones de donde se estaban produciendo los hechos, los agentes pudieron observar cómo un varón, en la lejanía, subía por la ladera del barranco portando una azada en la mano. Cuando esta persona fue requerida en la distancia por los agentes, hizo caso omiso en varias ocasiones, incluso estando éstos en sus inmediaciones, y continuó caminando en dirección contraria.
El hombre se dirigió a una finca cercana para luego desprenderse de la azada entre los matorrales, tras lo cual ya optó por cumplir las indicaciones y acercarse a los guardias civiles. Al explicarle los agentes su presencia, el hombre negó los hechos y alegó que simplemente se encontraba realizando labores de limpieza en las inmediaciones de una cueva que tenía en el barranco donde guardaba varios canes podencos de raza.
Los agentes comenzaron a inspeccionar toda la zona donde ocurrieron los hechos y encontraron una azada con manchas de sangre cerca de la parte metálica. Además, cuando consiguieron bajar hasta el fondo del barranco, pudieron divisar el cuerpo sin vida de un perro, tipo podenco, que mostraba heridas que a simple vista parecían muy recientes.
Conforme a los indicios que los agentes habían recabado en el lugar y a fin de evitar la destrucción de pruebas, procedieron a la detención del varón como presunto autor de un delito relativo a la flora y la fauna y animales domésticos con resultado de muerte, tipificado en el artículo 337 del vigente Código Penal.
Este delito es castigado con la pena de tres meses y un día a un año de prisión e inhabilitación especial de un año y un día a tres años para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales y para la tenencia de animales, el que por cualquier medio o procedimiento maltrate injustificadamente, causándole lesiones que menoscaben gravemente su salud o sometiéndole a explotación sexual a un animal doméstico o amansado.
Las penas previstas en el apartado anterior se impondrán en su mitad superior cuando se hubieran utilizado armas, instrumentos, objetos, medios, métodos o formas concretamente peligrosas para la vida del animal. Si se hubiera causado la muerte del animal se impondrá una pena de seis a dieciocho meses de prisión e inhabilitación especial de dos a cuatro años para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales y para la tenencia de animales.
Una patrulla del Servicio de Protección de la Naturaleza (Seprona) de la Guardia Civil también se personó en el lugar para continuar con las actuaciones realizadas, procediendo a trasladar el cuerpo sin vida del animal hasta un veterinario para la realización del correspondiente informe. Las diligencias instruidas han pasado a disposición del Juzgado de Instrucción de Guardia de Santa Cruz de Tenerife.