El tribunal ha indicado que, entre las 15,30 y las 16,00 horas del 17 de septiembre del año pasado, "la procesada dio a luz en el cuarto de baño de la vivienda", en la que en aquellos momentos "no se encontraba nadie más", a "un niño al que inmediatamente envolvió con unos trapos" y "lo metió dentro de una bolsa de basura que ató con varios nudos".
"Bajó a la calle y lo arrojó, abandonándolo a sabiendas de que ello implicaba un peligro para la vida del menor, a un contenedor de basura muy próximo a su vivienda, a donde regresó de manera inmediata, continuando con su vida cotidiana. La procesada, que ya era madre de tres hijos y había sufrido dos abortos previos, ocultó a todo el mundo su embarazo", han destacado los magistrados.
Asimismo, los jueces de la Audiencia Provincial de Ourense han reseñado que se trata de una "actuación alevosa", ya que "la víctima era un recién nacido, absolutamente indefenso, sin posibilidad alguna de sobrevivir en el lugar en el que fue arrojado por la procesada".
Los magistrados también le han impuesto la privación de la patria potestad del menor, al que no podrá acercarse a menos de 500 metros, y la prohibición de aproximarse a su hijo y de comunicarse con él durante veinte años.
Así las cosas, la Audiencia Provincial de Ourense ha considerado aplicar a la madre del bebé la misma condena que solicitaron previamente tanto el representante del Ministerio Fiscal como el letrado de la acusada una vez terminada la sesión oral del pasado lunes.
Contra la sentencia, las partes pueden interponer recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia en el plazo de diez días desde su notificación.