Un informe pericial veterinario encargado por el Juzgado de Instrucción número 10 de Sevilla, Pilar Ordóñez, que investiga el caso Magrudis tras el brote de listeriosis producido el pasado verano, con el fin de determinar si los productos elaborados por la empresa cumplían los límites legales alimentarios, ha concluido que superaban entre "3.700 y 149.900 veces la contaminación máxima tolerable" de esta bacteria, según la normativa vigente.
En concreto, afirma que los resultados mostrados manifiestan que, "si bien no incumple normativa vigente al carecer de límite legal para ello, sí han podido significar tres cosas fundamentales". Entre ellas, la posibilidad de que esas superficies hagan que los alimentos o cosas que se depositen sobre ellas se contaminen o se recontaminen (contaminación cruzada); la falta de higiene o eficiencia en las operaciones de limpieza y desinfección de útiles, maquinarias y superficies y que sirva de nicho ecológico como hábitat para un crecimiento de las colonias de listeria facilitando que las bacterias se desarrollen en dichos nichos.
Por último, señala que tras los resultados, el consumo de alimentos contaminados "son suficientes" para provocar daños en las personas desde gastroenteritis aguda, septicemia, meningitis y encefalitis, así como efectos adversos fetales y neonatales.
Se trata de una prueba encargada recientemente por la juez que investiga el caso con el fin de esclarecer las causas de las cinco muertes provocadas, seis abortos y del contagio de más de 200 personas.