¿Sin custodia por trabajar mucho? Ella lo denuncia y el Tribunal dice que es por la mala relación con su hija

telecinco.es 24/04/2019 20:53

Elena del Pilar Ramallo ha saltado a la luz pública después de una dura carta publicada en El Correo Gallego. En esta carta bajo el título de Yo acuso... como madre, como mujer, como persona y como ciudadana denunciaba que le habían quitado a sus hijas por trabajar mucho y que nadie la había tenido en cuenta y sí a su marido.

En la carta Elena, con una dilatada y brillante carrera profesional, exdirectora de la Cátedra Internacional Banco Santander de RSC de la Eurorregion Galicia-Norte de Portugal Delegada de Dirse (Directivos españoles de RSC) en Galicia Experta en Estrategia Sostenible, Gestión del cambio, Innovación y Economía circular señalaba que esta era la razón por la que la custodia de sus hijas seguía en manos de su marido y denunciaba los errores del sistema.

Así lo ha defendido también en una entrevista en Telecinco en el programa Ya es Mediodía. "Una juez me separó de mis hijas sin ninguna prueba, sólo escuchando la declaración de mi exmarido y la de mi madre, que es una mujer tremendamente tradicional que cree que una mujer debe quedarse en su casa cuidando de sus hijos y de su marido. Yo sólo soy una mujer que ha intentado divorciarse, porque todavía no lo he conseguido, y que trabaja, pero he tratado de conciliar y no hay ninguna prueba que demuestre que yo soy una mala madre", argumentaba. "Yo no soy una mala madre, tengo una buena relación con mi hija, pero todo el mundo sabe que con una preadolescente cuando hay una parte que pone normas y otra transige pues es normal que en un caso de separación se prefiera a la parte más transigente". Elena del Pilar Ramallo considera que "el auto solo se basa en pruebas testificales".

Desde el Tribunal Superior de Justicia de Galicia se puntualizó la situación ya en el mismo programa destacando que no es cierto que la madre no pueda ver a sus hijas, que la medida no es firme y que no ha sido el trabajo la razón por la que, por el momento, la custodia están en manos del padre de sus hijas, sino las tensas relaciones de la madre con una de ellas. Una lectura detenida del auto de medidas provisionales fechado en el 10 de abril de 2019 lo deja claro. En él se destaca que se parte de un régimen ya regulado, si bien con carácter provisional, por auto de 8 de marzo de 2018.

"No se aprecian a día de hoy causas de incompatibilidad o imposibilidad grave que impidan al padre continuar en el ejercicio de la guarda y custodia respecto de las dos menores de la pareja. Del mismo modo que, a día de hoy, tampoco hay motivos, más allá de la tensa y difícil relación habida entre la madre y la hija (...), que permitan concluir que la madre no se encuentra capacitada para hacerse cargo de la custodia de las dos menores". Parece claro que en el escrito no señala en ningún caso que Elena sea una mala madre.

En este sentido, Elena del Pilar denunciaba en su carta de El Correo Gallego, que "no hubo consecuencias judiciales debidas a sus denuncias falsas de maltrato hacia mis hijas, ni por las insinuaciones de abusos sexuales consentidas por mi parte".

Lo que sí se señala, sin embargo, el escrito es que "ante esta situación de paridad entre ambos progenitores en lo que a capacidad y disponibilidad para el cuidado de las dos menores se refiere, debe velarse por la estabilidad de las niñas, lo que necesariamente conduce al mantenimiento de la situación actual en tanto en cuanto no se resuelva lo procedente en el pleito definitivo, a la vista de lo que dictamine en aquel procedimiento el equipo psicosocial adscrito a este Juzgado". Un hecho que critica Elena en su carta al considerar que alargará el proceso. En el escrito se mantiene también el régimen de visitas estipulado el 8 de marzo de 2018.

El escrito hace más. Y apuesta porque este contacto entre la madre y sus hijas, especialmente la mayor de ellas, es necesario. "Pese a la tajante opinión de la menor (...) , contraria a la continuación de las visitas con su madre, el mantenimiento de las mismas con la amplitud establecida en el auto referido se considera indispensable y beneficioso para fortalecer y reconducir la relación entre la madre y la hija. Téngase en cuenta que si se cortara absolutamente la relación entre ambas, como pretende la parte demandada, el daño al vínculo sería irreparable, lo cual no es en absoluto deseable habida cuenta la edad que atraviesa la menor y la conflictividad en la relación con la madre que ella misma ha referido. Por otro lado, de lo actuado no ha resultado probado, siquiera indiciariamente, que exista un motivo poderoso y de gravedad, susceptible de generar una situación de riesgo objetivo para la menor, que haga aconsejable la suspensión absoluta del contacto entre madre e hija que propone la parte demandada, mas allá de la malísima relación que existe entre ambas partes. Esta mala relación es un problema que habrá de solucionarse, si es necesario, con ayuda de profesionales, pero que en ningún modo debe afrontarse eliminando todo contacto de la madre con la menor porque esto, a la larga, causará más mal que bien a las dos implicadas".

A Elena del Pilar le corresponde el disfrute de la vivienda habitual de la familia y el abono de la pensión alimenticia a favor de las dos menores de 300 euros mensuales, 150 euros por cada menor. Los gastos extraordinarios serán satisfechos al 50% por ambos progenitores.

Elena del Pilar no entiende cómo "el padre ahora vive con sus hijas en el piso de la abuela, sin habitación propia y fuera de su entorno", y critica indefensión porque "la fiscalía no ha dicho nada" y ella "tampoco". Critica, pues, "haber perdido la custodia sin ninguna prueba salvo las testificales". La polémica parece servida en otro caso de divorcio, en este caso además, según declara Elena, aún en trámite.

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