El abogado de Juana Rivas recurrirá su vuelta al CIS y pedirá que se "agilice su indulto"

  • El Juzgado de Vigilancia Penitenciara considera que Rivas debe continuar con el tercer grado en el CIS

  • El juzgado impone que Rivas siga un tratamiento para que adquiera "plena concienciación de los derechos de la infancia"

  • Rivas fue condenada a dos años y medio de cárcel por no entregar a sus hijos al padre en 2017

Juana Rivas, la madre de Maracena condenada por no entregar sus hijos a su padre, debe volver a ingresar en el CIS “Matilde Cantos” de Granada. El Juzgado de Vigilancia Penitenciaria de Granada considera que Rivas debe continuar con el tercer grado pero con un horario establecido de salidas y con un tratamiento específico para el delito cometido.

El abogado de Juana Rivas, Carlos Aránguez, recurrirá el auto del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria por el que esta vecina de Maracena (Granada) ha vuelto este martes al Centro de Inserción Social (CIS) para cumplir su pena a dos años y medio de cárcel y pedirá además que se agilice su expediente de indulto.

Juana Rivas fue condenada en firme por el Tribunal Supremo a dos años y medio de prisión por un delito de secuestro parental al permanecer en paradero desconocido con sus dos hijos menores en el verano de 2017 y ya estuvo en junio cuatro días en el CIS.

Aránguez ha detallado que Rivas ha reingresado este martes en el CIS para cumplir con el auto que estima parcialmente el recurso presentado por la Fiscalía contra el tercer grado, que quedará más restringido. Rivas ingresó en el CIS el 11 de junio cuando se le agotaba el plazo concedido por el titular del Juzgado de lo Penal 1 de Granada para la ejecución de la sentencia, aunque lo abandonó el día 15 para cumplir la condena en su casa con control telemático.

Su letrado ha recalcado que el auto mantiene aunque restringe ese tercer grado, que limitará además sus salidas del CIS a dos fines de semana al mes. Aránguez ha adelantado además que, junto al recurso, presentarán una petición al Gobierno central para que agilice el expediente de petición de indulto a Juana Rivas, una medida de gracia que ya tramita el Ejecutivo.

La petición de indulto cuenta con el respaldo de más de 60 organizaciones públicas y privadas y el apoyo público de altos cargos de la administración "que coinciden en que se debe suavizar todavía más la condena impuesta".

La decisión de Rivas de no entregar a sus hijos con el padre, el italiano Francesco Arcuri con quien compartía la custodia, supuso una primera condena a cinco años de cárcel que, tras su confirmación por parte de la Audiencia de Granada, el Supremo rebajó a los dos años y medio de prisión y la pérdida de la patria potestad. Por su parte, el abogado de Francesco Arcuri considera que la resolución del juez de Vigilancia Penitenciaria está "ajustada a las normas".

El letrado, Enrique Zambrano, ha declarado a Efe que desde que el Tribunal Supremo la sentenció en firme a dos años y medio de cárcel siempre se han mostrado a favor de que la pena la cumpliera en un Centro de Inserción Social, en lugar de en una cárcel, y con un tercer grado, si bien no compartieron la "premura y ligereza" con la que, días después de su ingreso, se le permitió seguir cumpliendo condena en su casa bajo control telemático

El juzgado de Vigilancia Penitenciaria considera que la penada debe cumplir el tercer grado en el CIS con horarios de entrada y salida, no en su casa, y además, debe hacer un tratamiento "tendente a lograr la plena concienciación de los derechos de la infancia en toda su amplitud y el escrupuloso respeto que debe presidir toda actuación en las relaciones paterno filiales y el obligado respeto que se debe al cumplimiento de las resoluciones judiciales firmes".

El auto explica que "hemos de convenir con el Ministerio Público en que existe una inusual premura en la clasificación, que ciertamente no es contraria a la ley y sería deseable se pudiese producir en todos los supuestos", pero destaca algunas lagunas como la gravedad de los hechos objeto de la condena, la existencia de un delito que precisa de un alto grado de planificación, un delito cometido contra los derechos de la infancia y pluralidad de victimas especialmente desprotegidas.

También, prosigue el auto, "observamos del informe psicológico aportado, que la asunción de la responsabilidad no excluye una falta de asunción del delito, se arrepiente del modo empleado dice el informe, lo que denota al menos una asunción muy deficitaria y, por supuesto mantiene tal asunción con justificaciones. Eso hace que deba ser aplicado un tratamiento tendente a la consecución de la plena reeducación para lograr el fin último de la pena, la reinserción", sin olvidar el fin retributivo de la pena y los fines de prevención general y especial "que no pueden verse dañados o quedar absolutamente desdibujados".

Hace un mes aproximadamente que Juana Rivas salió del CIS Matilde Cantos para cumplir la condena en su casa mediante control telemático. Entonces, Instituciones Penitenciarias clasificó a la interna en tercer grado y le aplicó el artículo 86.4 del Reglamento Penitenciario, lo que le permitía cumplir la pena en casa con pulsera telemática.