El Gobierno veta las rebajas en los comercios para evitar aglomeraciones
Los descuentos a través del comercio online sí estarán permitidos
Esta medida estará vigente en todos aquellos territorios que hayan pasado a la fase 1
El Gobierno prohibirá que los comercios rebajen sus productos en las tiendas físicas para evitar aglomeraciones y eludir así los contagios. Esta prohibición no se aplicará a las ventas que se hagan de manera online y las empresas sí podrán rebajar sus productos a través de las páginas de Internet. Esta medida comenzará a estar vigente en todos aquellos territorios que han pasado a la fase 1.
El Boletín Oficial del Estado (BOE) lo señalaba así el pasado sábado. "Los establecimientos no podrán anunciar ni llevar a cabo acciones comerciales que puedan dar lugar a aglomeraciones de público, tanto dentro del establecimiento comercial como en sus inmediaciones. Esta restricción no afectará a las ventas en rebaja ni tampoco ventas en oferta o promoción que se realicen a través de la página web", señala el BOE en su disposición adicional segunda.
MÁS
Estas restricciones suponen un problema añadido para los empresarios, que tras dos meses con sus comercios cerrados y el stock de sus almacenes al completo, querían dar salida a todos sus productos aplicándoles descuentos para acelerar sus ventas.
En la fase 1 abren comercios de menos de 400 metros cuadrados que no estén dentro de parques o centros comerciales
La fase 1 de la desescalada permite la reapertura al público desde este pasado lunes de los comercios con superficie "igual o inferior a 400 menos cuadrados", según recoge el BOE. Sin embargo, el Ejecutivo ha vuelto a exceptuar en esta apertura a aquellos comercios que se encuentren dentro de parques o centros comerciales sin acceso directo e independiente desde el exterior. Con dos metros de distancia y horario especial para mayores de 65 años.
En los probadores deberán utilizarse por una única persona y limpiarse y desinfectarse después de su uso. Además, en el caso de que un cliente se pruebe una prenda que posteriormente no adquiera, ésta se deberá higienizar, al igual que las devoluciones de prendas que realicen los clientes.
En el artículo 10 establece que además "podrán proceder a su reapertura al público, mediante la utilización de la cita previa, los concesionarios de automoción, las estaciones de inspección técnica devehículos y los centros de jardinería y viveros de plantas sea cual fuere su superficie útil de exposición y venta".