Condenan al Rey del Cachopo a 15 años de cárcel por el homicidio de Heidi Paz

  • César Román asesinó y descuartizó a su pareja el 5 de agosto de 2018

  • El Rey del Cachopo fue declarado culpable de matar a su exnovia por un jurado popular el pasado 1 de junio

  • El 'Rey del Cachopo' tendrá que indemnizar a la familia de la víctima con una cuantía de alrededor los 400.000 euros.

La Audiencia Provincial de Madrid condena a 15 años de cárcel a César Román por el homicidio de su exnovia Heidi Paz en 2018, con los agravantes de parentesco y género.

La sentencia sigue el veredicto de culpabilidad Un jurado popular el pasado 1 de junio declaró al llamado Rey del Cachopo culpable de matar a Heidi Paz y descuartizarla al no aceptar que ella tuviera intención de romper la relación sentimental que mantenían.

Los magistrados de la Sección 26 han condenado al 'Rey del Cachopo' por homicidio, con las agravantes de parentesco y razón de género.

El torso de Heidi Paz, entonces novia del asesino, fue encontrado dentro de una maleta que se localizó el 13 de agosto de 2018 en la nave que César Román alquiló poco antes para ubicar su sexta sidrería. La principal prueba de cargo en el juicio fueron las huellas con ADN del empresario localizadas en la maleta y en los botes de sosa cáustica empleados para rociar el cadáver.

César Román defendió en la vista oral que la que fuera su pareja bien estaba viva en Honduras o bien habría acabado con ella una supuesta banda organizada de 'vuelcos' de drogas, una tesis negada por los investigadores del Grupo VI de Homicidios.

La sentencia de este martes con el que se hacía llamar Rey del Cachopo considera probado que el crimen se cometió en la madrugada del 5 de agosto de 2018 después de que la mujer acudiera al piso de César Román en Vallecas tras celebrar un cumpleaños con unos amigos.

La letrada Ana Isabel Peña, defensa del condenado, ha informado que recurriría ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) la condena al considerar que el jurado popular deliberó sobre hechos que no eran objeto del procedimiento, lo que supondría una vulneración de los derechos de su cliente.