El Juzgado de lo Penal número uno de Santander ha condenado a casi 19 años de cárcel a un hombre por realizar y poseer fotografías íntimas de niños de un centro de atención a la primera infancia de Cantabria en el que trabajaba.
La magistrada ha impuesto al procesado un total de 18 años de prisión por seis delitos contra la intimidad a otros tantos menores, a los que fotografió los genitales o en ropa interior, y nueve meses más por otro ilícito, de posesión de pornografía infantil.
Además, el implicado deberá cumplir cinco años de libertad vigilada cuando acabe la pena privativa y durante nueve estará inhabilitado para cualquier empleo, cargo o profesión que conlleve relación habitual con menores. Asimismo, en 30 años no podrá acercarse a menos de 300 metros al centro en cuestión, en el que se encargaba del mantenimiento, y deberá pagar 4.320 euros de multa.
Según la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, la jueza ha tenido en cuenta la atenuante de reparación del daño, pues el hombre -que carecía de antecedentes- había consignado ya los 6.000 euros reclamados en concepto de responsabilidad civil, para indemnizar con 1.000 a cada pequeño por el daño moral causado. La Fiscalía solicitaba inicialmente un año de prisión por la tenencia de las imágenes pornográficas, tres por cada uno de los seis delitos contra la intimidad, y multa de 9.000 euros.
Este caso deriva de la desarticulación de un grupo dedicado a la comisión de presuntos delitos de prostitución, corrupción de menores, abusos sexuales sobre menores de 13 años y distribución y producción de pornografía infantil, fruto de una operación llevada a cabo en 2017 por los Mossos d'Escuadra y el Grupo de Delitos telemáticos de la Unidad Central Operativa de la Guardia Civil de Madrid.
En el marco de la misma se inició una segunda línea de investigación enfocada en la comercialización del material de pornografía infantil por correo postal o Internet, y se comprobó que el acusado era cliente de una empresa dedicada a la producción y venta de este tipo de contenidos.
Entre 2011 y 2014 había adquirido diverso material por correo postal, en su mayoría pornografía de adultos. Pero también constaban DVDs con referencias a un término empleado por los encargados de la distribución para identificar películas de contenido pedófilo, en las que menores aparecían masturbándose o manteniendo relaciones sexuales, siendo adquiridas para su uso sin que conste difusión.
Ante esto, el Juzgado de Instrucción número 5 de Santander autorizó en febrero de 2018 la entrada y registro del domicilio del sospechoso, donde fueron intervenidos distintos discos, tarjetas, pendrives, películas, DVDs y una tablet.
Tras el volcado y estudio de la información almacenada en esos dispositivos se comprobó que había imágenes de menores desnudos o semidesnudos en poses eróticas o sugerentes, o bien manteniendo relaciones sexuales.
También había "multitud" de fotos tomadas al descuido en la vía pública o en la playa en las que aparecían menores no identificados, en algunos casos desnudos y en otros enfocando especialmente sus nalgas y genitales tapados por ropa o bañadores.
Asimismo, se encontraron imágenes de "muchos" niños menores de tres años que habían sido realizadas entre los años 2012 y 2017 en el centro de atención a la primera infancia, donde el procesado prestaba sus servicios como personal laboral de mantenimiento.
El CAPI, dependiente del ICASS, el Instituto Cántabro de Servicios Sociales, había recabado en la mayoría de los casos la autorización de los progenitores de los menores para realizarles fotografías en el ámbito diario de sus actividades educativas.
El objetivo era elaborar un cuadernillo educativo para cada uno, en el que los educadores debían pegar fotos de las distintas actividades que realizaban, incluyendo hábitos cotidianos como comer, dormir o ir al aseo, y acciones especiales en Carnaval o Navidad.
Fotografías que también eran tomadas por el acusado con su propia cámara, debido a la relación de confianza que mantenía con la dirección del centro, que le atribuyó otras funciones como recogida de los menores a primera hora de la mañana, cuidado en el patio o incluso acompañarles al baño.
Situación esta última que aprovechó para fotografiar en "incontables" ocasiones a los niños, "excediéndose de forma clara, manifiesta y palpable" de la autorización concedida por los padres para obtener imágenes de los mismos en "situaciones y posturas carentes de cualquier interés educativo".
"Enfocaba directamente a sus genitales o ropa interior, no llegándose a ver ni la cara del menor en algunas ocasiones, las nalgas tapadas con la ropa interior de algunas niñas cuya falda se les levantaba jugando o sentadas", indica la sentencia.
El acusado, incluso con la anuencia de la directora del centro, llevaba a su domicilio las fotografías tomadas con el fin de proceder a su almacenamiento, para posteriormente ser seleccionadas y finalmente reveladas para hacer los citados cuadernillos. En el registro del domicilio del acusado se hallaron también "multitud" de prendas de ropa interior e íntima infantil que había cogido en el centro en el que trabajaba.