Condenado a 10 años de prisión por mantener relaciones sexuales con una chica de 14 en Álava
telecinco.es
Informativos Telecinco
18/07/201810:55 h.La legislación española establece una edad mínima de 16 años para las relaciones sexuales, aún consentidas.
Según el artículo 183.1 del Código Penal, las relaciones con menores constituyen un delito y si incluyen penetración, como en este caso, son penadas con prisión de entre ocho a 12 años.
Esta es la razón por la que el acusado que "sabía la edad real de la chica" y "conocía que su conducta no era legal", ha sido condenado a una pena de 10 años, según el auto judicial.
El Tribunal, admite que la condena es "elevada" que “podría evitarse” con un indulto parcial y con la suspensión de la pena mientras el Gobierno resuelva sobre el mismo, según ha publicado el periódico Noticias de Álava.