La Audiencia de Valladolid ha impuesto una pena de 12 años de cárcel a un varón con iniciales L.A.A.C. por agresión sexual sobre una niña de 22 meses, bisnieta de su expareja en cuya boca introdujo su pene, aprovechando una visita realizada al domicilio familiar.
En su fallo, la Audiencia Provincial ha hallado al acusado autor de un delito de agresión sexual a menores de 16 años, con la concurrencia de la circunstancia agravante de reincidencia y la atenuante ordinaria de embriaguez, de ahí los 12 años de cárcel impuestos, según la información del Gabinete de Prensa del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León recogida por Europa Press.
La condena incluye la prohibición de aproximarse a una distancia inferior a 500 metros a la víctima, su domicilio y su centro educativo, así como la prohibición de comunicarse con ella por cualquier medio o procedimiento durante 17 años, junto con la inhabilitación especial para cualquier profesión u oficio, sea o no retribuido, que conlleve contacto regular y directo con menores de edad por tiempo de 17 años.
Así mismo, se acuerda la medida de libertad vigilada por tiempo de ocho años, la obligación de participar en un programa formativo de educación sexual y, en concepto de responsabilidad civil el pago de una indemnización en la persona de la madre de la menor o representante legal en la suma de 4.000 euros en concepto de daños morales.
Fiscalía de Valladolid había pedido 15 años de cárcel, libertad vigilada por espacio de diez años una vez salga de prisión y el abono de una indemnización, en concepto de daños morales, de 9.000 euros.
En su declaración, el procesado explicó que aquel día se encontraba profundamente embriagado y ha reconocido haberse sacado el pene en presencia de la menor, pero sin haber llegado a introducirlo en su boca y ni siquiera haberlo intentado, según informaron a Europa Press fuentes jurídicas.
Un tío de la pequeña que presenció los hechos ha asegurado que él se encontraba jugando a la Play en la habitación y vio a L.A.C. agredir sexualmente a la niña en un primer momento y tratar de hacerlo de nuevo en una segunda ocasión pero sin éxito, declaraciones que, según la defensa, son contradictorias con respecto a lo dicho en su día.
Por su parte, la madre de la niña reconoció que el presunto agresor se hallaba muy embriagado, tras haber ingerido media botella de Whyte Label y dos botellas de litro de cerveza, y advirtió de que su pequeña, desde día de los hechos, tiene muchas dificultades para dormir y tiene miedo a la oscuridad.
La defensa del encausado matuvo su petición de multa de 1.440 euros por delito de exhibicionismo y libertad vigilada por tiempo de un año, ya que, en consonancia con el alegado de su patrocinado, no hubo penetración bucal, y alternativamente solicitó del tribunal una condena de cuatro años de prisión por delito de abuso sexual a menor de 16 años, con la agravante menor de cuatro años y atenuante de embriaguez.
Los hechos se produjeron en la tarde del día 20 de mayo de 2020 en la vivienda de un pueblo de Valladolid ocupado por la madre de la pequeña y el novio de ésta al que acudió el encausado, de unos 50 años, para visitarles dado que anteriormente había mantenido una relación sentimental con la bisabuela de la supuesta víctima y abuela de su madre.
Una vez allí, L.A.A.C. mantuvo una conversación con la madre de la niña en la cocina y luego se dirigió a la habitación de la menor, de 22 meses por aquel entonces y que se hallaba acompañada de un hermano la madre jugando con la consola.
Fue entonces cuando el ahora condenado se sentó en una silla, sacó su pene por la bragueta del pantalón, agarró firmemente a la niña por la cabeza y la atrajo así hacia su miembro, introduciéndoselo en la boca.
Ella consiguió zafarse, por lo que el procesado, ante su resistencia, cogió una pelota para atraer con ella a la niña mientras se sujetaba el pene con la mano, de modo que la niña se acercó y trató de nuevo de introducírselo en la boca, sin llegar a conseguirlo, al asustarse la menor y acudir hacia su tío.
El tío de la niña y hermano de la madre de ésta se percató de la situación y llegó a efectuar una foto con su móvil en la que se aprecia el momento en el que el acusado se halla con el pene fuera de su pantalón, no así la agresión sexual.
Se da la circunstancia de que el encausado, quien se encuentra en prisión provisional por estos hechos desde el 29 de mayo de 2020, fue condenado a 12 años de cárcel por la Sección Segunda de lo Penal de la Audiencia de Valladolid, en virtud de sentencia firme de fecha 17 de febrero de 2005, por la comisión de un delito de agresión sexual, de ahí la reincidencia que se le aplica en esta nueva causa.