Los robos cometidos por personal de trabajo en los hogares traen consigo una polémica que deja patente la dificultad para demostrar un crimen cuando las pruebas no son lo suficientemente sólidas o no son válidas, como las cámaras ocultas. Solamente se podrá acusar a alguien cuando se le pille ‘in fraganti’. La Justicia, en los demás casos, aconseja no contratar más a una persona de la que se sospecha que haya podido apropiarse de algo ajeno en tu propio hogar mientras realiza las tareas domésticas, según recoge La Voz de Galicia.
Una trabajadora doméstica que había sido condenada a dos años de prisión por sustraer unos 9.000 euros del cajón de una cómoda cerrada con llave ha sido absuelta por la Audiencia Provincial de Pontevedra. El fallo judicial, además, añade que la llave se encontraba escondida en una maceta. El tribunal decidió revocar la condena de la acusada, que fue grabada por la víctima para confirmar su actividad delictiva y quedó demostrada, por considerar este tipo de grabaciones no válidas para probar el delito ya que se viola el derecho de intimidad.
La empleada es amparada por la Ley Orgánica de Protección de Datos, LOPD. La Audiencia se ha apoyado en esta normativa para anular la condena. El tribunal considera que este tipo de pruebas carecen de valor jurídico a menos que la empleada fuese conocedora tanto de la existencia como de la finalidad del sistema de vigilancia instalado.
La última sentencia ha sido respaldada por la jurisprudencia del Tribunal Constitucional y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, los cuales consideran que el uso de este control vulnera la intimidad e imagen de los trabajadores domésticos.