Prisión comunicada y sin fianza para el detenido que provocó un incendio en la casa de su expareja en Pamplona
Decretan el ingreso en prisión provisional, comunicada y sin fianza para un detenido por provocar un incendio en la vivienda de su expareja en Pamplona
Se decreta prisión provisional debido a que el imputado tiene numerosos antecedentes policiales y judiciales por delitos violentos
El delito de incendio en casa habitada está castigado con pena de prisión de entre 10 y 20 años
La titular del Juzgado de Violencia sobre la Mujer nº 1 de Pamplona ha decretado el ingreso en prisión provisional, comunicada y sin fianza, de un detenido por haber provocado el pasado día 6 un incendio en la vivienda de su expareja en la capital navarra.
Al investigado se le imputan los supuestos delitos de allanamiento de morada, incendio en casa habitada, quebrantamiento continuado de medida cautelar y coacción en el ámbito de la violencia de género.
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Un incendio "claramente provocado"
La investigación policial corre a cargo de agentes de la Unidad de Atención a la Familia y Mujer (UFAM) y de la Brigada Científica de Policía Judicial del Cuerpo Nacional de Policía que, a la espera de los informes definitivos, han transmitido a la magistrada que el incendio “es claramente provocado”, ya que han encontrado “distintos focos posibles”.
El delito de incendio en casa habitada está castigado con pena de prisión de entre 10 y 20 años, y el delito de allanamiento de morada y el de quebrantamiento continuado también llevan aparejadas penas de cárcel, según expone la magistrada en la resolución judicial, que puede ser recurrida.
Tras la detención, el imputado fue puesto este miércoles a disposición judicial, informa el Tribunal Superior de Justicia de Navarra que añade que en la comparecencia ante la juez, la fiscalía solicitó el ingreso en prisión provisional, una medida a la que se adhirió la letrada del Servicio de Atención a la Mujer (SAM). El abogado defensor, por su parte, abogó por la libertad provisional sin fianza.
Además de por la elevada pena de prisión a la que se enfrenta por los citados delitos, la magistrada considera procedente la prisión provisional debido a que el imputado tiene numerosos antecedentes policiales y judiciales por delitos violentos, tanto de violencia de género como de hurto, lesiones, resistencia y desobediencia a agentes de la autoridad, y depósito o tenencia de armas, municiones y explosivos.
Riesgo "evidente" para la víctima
Además, agrega la juez, se ha demostrado que la pena de alejamiento no ha sido suficiente para proteger a la víctima, quien padece un riesgo “evidente” para su vida o integridad física.
El investigado, que tiene un procedimiento de violencia de género con una orden de protección que se le impuso, aparece en una grabación aportada por la denunciante intentando entrar sobre las 17 horas del 6 de julio con llave en su casa, lo que fue también corroborado por un testigo.
Posteriormente, sobre las 21 horas, la mujer abandonó el domicilio. Pasadas las 23 horas, la Policía Municipal de Pamplona y los bomberos fueron alertados de un incendio en la vivienda de la víctima. Esta afirmó que había dejado “todo apagado”.
Relató que, unos dos meses antes, el investigado, a pesar de las medidas de alejamiento, había estado una noche acogido en su casa, así como que el hombre había estado otras veces en su vivienda y se había comunicado con ella en diversas ocasiones con el fin de que retirara la denuncia.
En alguno de esos momentos, según ella, el encausado pudo hacerse con una llave de la casa. De hecho, advirtió que, en los últimos meses, echaba en falta algo de dinero u objetos de la vivienda.
El imputado alegó que la llave que tiene es de cuando vivían juntos y que la utilizó el día 6 porque, según recoge la resolución judicial, su “situación psicológica cuando bebe no le permite entender bien”.
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