Efectivos del Subsector de Tráfico de la Guardia Civil de Albacete han investigado al conductor de un turismo como presunto autor de un delito contra la seguridad vial al circular con exceso de velocidad. En concreto, la persona investigada conducía a 196 kilómetros por hora cuando la velocidad genérica de la vía estaba limitada a 90.
Dentro de las funciones de vigilancia y control que las patrullas pertenecientes al Subsector de Tráfico de la Benemérita albaceteña vienen realizando sobre los vehículos que transitan por la provincia y, de manera específica, aquellas que realizan controles sobre la velocidad a la que se circula, detectaban a un turismo que circulaba con exceso de velocidad por la carretera nacional N-310 (Manzanares-Villanueva de la Jara), dentro del término municipal de Villarrobledo, según ha informado el Instituto Armado en nota de prensa.
La gran velocidad a la que circulaba el vehículo y la configuración de la vía impedían que se pudiera parar con seguridad al mismo, no siendo posible, en ese momento, la identificación de su conductor, motivo por el que componentes del Grupo de Investigación y Análisis (GIAT) iniciaron las investigaciones oportunas que han culminado con la identificación del mismo, un varón de 47 años, residente en la provincia de Cuenca.
A esta persona se le investiga por un delito contra la seguridad vial por conducir un vehículo a motor, a velocidad superior en 80 kilómetros por hora de la permitida reglamentariamente en una vía interurbana y cuya limitación genérica, en este caso era de 90.
Por parte del GIAT del Subsector de Tráfico de la Guardia Civil de Albacete se ha instruido las correspondientes diligencias, que han sido entregadas en el Juzgado de Instrucción número dos de Villarrobledo, que ha entendido de los hechos.
La ley española es específica al marcar los límites de velocidad cuyo exceso constituye un delito. Según el artículo 379.1 del Código Penal, se incurre en delito cuando se superan los 60 km/h sobre el límite en vías urbanas, o los 80 km/h en vías interurbanas. Esta disposición legal persigue penalizar las conductas de mayor riesgo, intentando así reducir los accidentes de tráfico y sus consecuencias.
Además la pena sería de prisión de tres a seis meses o multa de seis a doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días. A esto hay que añadir en todos los casos la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a un año completo, con un máximo de cuatro años de retirada del carnet.
Suscríbete a las newsletters de Informativos Telecinco y te contamos las noticias en tu mail
Síguenos en nuestro canal de WhatsApp y conoce toda la actualidad al momento.