Suspenden la última entrada en prisión de María Salmerón, la mujer que impidió a su exmarido ver a su hija
La sevillana fue condenada a cinco meses de cárcel por no permitir a su exmarido, condenado por violencia machista, visitar a su hija
El titular de la Sección Primera Audiencia Provincial de Sevilla ha suspendido la pena de cárcel por dos años
No puede volver a delinquir en dos años y debe pagar una multa de 30 días con una cuota diaria de seis euros
El titular de la Sección Primera Audiencia Provincial de Sevilla ha suspendido la pena de cárcel a María Salmerón. La sevillana fue condenada a cinco meses de cárcel por no permitir a su exmarido, condenado por violencia machista, visitar a su hija. De todos los delitos que se le imputaron por no permitir que la entonces menor recibiese visitas de su padre, solo ha cumplido una condena de nueve meses de internamiento, aunque no lo hizo íntegramente, ya que ingresó el 9 de junio de 2022 y fue puesta en libertad vigilada el 27 de diciembre, mientras que el 30 junio anterior le fue concedido el tercer grado penitenciario.
En un auto fechado el pasado 22 de marzo, el juez estima el recurso de apelación interpuesto por Salmerón contra el auto de fecha 7 de junio de 2022 del Juzgado de lo Penal 1 de Sevilla. Acuerda suspender la pena por dos años, con la condición de que no vuelva a delinquir en ese periodo. Además, debe pagar una multa de 30 días con una cuota diaria de seis euros.
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María Salmerón fue condenada por un delito de desobediencia
María Salmerón fue condenada por sentencia de 18 de noviembre de 2019 como autora criminalmente responsable de un delito de desobediencia del artículo 556 del Código Penal a la citada pena de cinco meses de prisión, y el auto recuerda que en su "hoja histórico penal constan ocho anotaciones", aunque todas anteriores al 2 de octubre de 2014.
Recuerda además el magistrado que no ha cometido delitos en los últimos nueve años, de modo que "podemos afirmar, en función de la información que nos proporciona la hoja histórico penal, que su trayectoria se encuentra limpia".
De todos los delitos que se le imputaron por no permitir que la entonces menor recibiese visitas de su padre, María Salmerón solo ha cumplido una condena de nueve meses de internamiento, que le fue impuesta por la titular del juzgado de lo penal número 6 de Sevilla.
No obstante, no cumplió la pena íntegra, ya que ingresó el 9 de junio de 2022 y fue puesta en libertad vigilada el 27 de diciembre, mientras que el 30 junio anterior le fue concedido el tercer grado penitenciario.
Desde el 27 de diciembre de 2022 no contaba con una pulsera que la controlara en sus movimientos de forma telemática, y solo tenía que cumplir una serie de medidas básicas, como no consumir sustancias estupefacientes y comunicar al juzgado sus desplazamientos fuera de la provincia de Sevilla.
Además, era objetivo de seguimiento por parte de los servicios sociales penitenciarios, ante los que se debía presentar siempre que fuese requerida para ello.
María Salmerón fue condenada entonces a nueve meses de prisión y al pago de 3.000 euros en concepto de responsabilidad civil, que abonó 24 horas antes de conocer la decisión de la jueza de que ingresara en prisión.
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