La Audiencia de Barcelona envía a Dani Alves a juicio por presunta agresión sexual
La Audiencia de Barcelona ha acordado enviar a juicio al futbolista Dani Alves por presunta agresión sexual
El tribunal confirma el auto y decreta la apertura del juicio al futbolista
Cristóbal Martell, el abogado de Dani Alves, ya no ejerce la defensa del brasileño
La Audiencia de Barcelona ha acordado enviar a juicio al futbolista Dani Alves por presuntamente agredir sexualmente a una joven en la discoteca Sutton el 30 de diciembre de 2022.
En un auto consultado por Europa Press este martes, el tribunal confirma el auto que la instructora dictó al terminar la investigación y decreta la apertura del juicio al futbolista.
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Después de este auto, las partes cuentan con cinco días hábiles para presentar sus escritos de calificaciones provisionales, en los que deberán argumentar si Alves debe ser absuelto o condenado y, en este caso, qué pena consideran que se les debe aplicar.
El abogado Cristóbal Martell ya no sigue defendiendo a Dani Alves
El abogado Cristóbal Martell no sigue defendiendo al futbolista Dani Alves en su causa por presuntamente agredir sexualmente a una joven en la discoteca Sutton de Barcelona, han explicado a Europa Press fuentes jurídicas.
El relevo de la defensa del futbolista lo tomó la abogada Inés Guardiola.
La Audiencia rechaza que el sector del ocio nocturno sea acusación popular en el caso Alves
La Audiencia de Barcelona rechazó que la Federació Catalana d'Associacions d'Activitats de Restauració i Musical (Fecasarm) y la patronal del ocio nocturno Spain Nightlife, se personen como acusación popular en la causa abierta contra el futbolista Dani Alves, en prisión preventiva por un supuesto delito de agresión sexual.
Según el auto, este tribunal confirma la resolución del Juzgado de Instrucción 15 de Barcelona, en la que desestimó la personación de ambas entidades de ocio nocturno. La defensa de Alves y la Fiscalía también se opusieron.
La Sección tercera de la Audiencia considera que las entidades solicitantes "no acreditan ni demuestran tener un interés directo en la cuestión objeto del procedimiento, como para justificar su intervención como parte".
La parte recurrente justifica su intervención como parte en este proceso en que los hechos investigados se produjeron en el interior de una discoteca.
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