Un jubilado de Vigo recupera más de 10.000 euros tras reclamar en el juzgado el complemento por maternidad
Un vecino de Vigo jubilado ha logrado que un juzgado de la ciudad reconozca su derecho a percibir el complemento por maternidad
La sentencia del Juzgado de lo Social nº6 de Vigo reconoce su derecho a percibir el complemento, por lo que recuperó 10.000 euros
Solo los hijos nacidos con vida computan para el complemento de maternidad de las pensiones
Un vecino de Vigo jubilado ha logrado que un juzgado de la ciudad reconozca su derecho a percibir el complemento por maternidad, y ha recuperado algo más de 10.000 euros. La sentencia del Juzgado de lo Social nº6 de Vigo del pasado 26 de septiembre ha confirmado su derecho de percibir el complemento por maternidad en su pensión desde el 18 de enero de 2018, fecha de inicio de su jubilación, a pesar de que el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) se la había denegado.
De este modo, este jubilado, que fue asistido por Unive Abogados, recuperará unos 10.140 euros como resultado de la retroactividad total, calculada desde la fecha de inicio de su pensión hasta la fecha de efectos reconocida por la sentencia de instancia. Este recobro se traducirá en un aumento vitalicio de su pensión al 5%.
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Jesús Soage cree que "esta sentencia constituye un triunfo significativo"
El abogado de Unive, Jesús Soage, ha resaltado que "esta sentencia constituye un triunfo significativo para todos aquellos individuos que buscan el reconocimiento de sus derechos" y ha señalado que, en la actualidad, "solo aquellos afectados que recurren a las vías de reclamación tienen posibilidades factibles de conseguir el complemento".
La no distinción entre hombres y mujeres en la aplicación de ese derecho
La Ley general de la Seguridad Social estableció el derecho a cobrar ese complemento a las mujeres que, por tener hijos, vieron afectadas sus trayectorias profesionales y cotizaciones; posteriormente, el Tribunal de la UE determinó que no se podía hacer distinción entre hombres y mujeres en la aplicación de ese derecho.
La directriz europea es "directamente aplicable" a las pretensiones de este vecino
El juzgado de Vigo señala en su sentencia que la directriz europea es "directamente aplicable" a las pretensiones de este vecino de la ciudad, incluso aunque la suya hubiera sido una jubilación anticipada involuntaria. Por ello, ha estimado la demanda y condenado a la Seguridad Social.