Detienen al futbolista del Almería, Arnau Puigmal, por conducir con un carné no homologado
La Policía Nacional ha detenido al futbolista Arnau Puigmal por conducir con un carné de otro país en Almería
Todavía se desconoce si la Fiscalía acusará al centrocampista o si le impondrán tan solo una sanción administrativa
El TSJA confirma cuatro años de prisión al futbolista Santi Mina por abuso sexual a una joven en Mojácar
La Policía Nacional ha detenido y puesto a disposición judicial al futbolista Arnau Puigmal, que milita en la Unión Deportiva de Almería, por conducir con un carné no homologado de otro país. Según ha señalado EFE, el centrocampista ha sido conducido en un furgón policial a la Ciudad de la Justicia por una requisitoria procedente de Cataluña y que le ha sido notificada en el Juzgado de Instrucción número cuatro de Almería.
La requisitoria está motivada por un posible delito contra la seguridad vial, ya que el futbolista utilizaba un carné de conducir expedido en otro país y que no es válido en España.
MÁS
La Fiscalía estudia si resolver el caso con una sanción
Hasta el momento, se desconoce si la Fiscalía acusará al jugador o si, por el contrario, el caso lo resolverán únicamente con una sanción administrativa. El futbolista del Almería puede enfrentarse a una sanción que puede oscilar desde los 100 euros, si se trata de una leve, hasta los 500 euros si se considera grave, tal y como se especifica en el artículo 80.1 de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.
¿Qué permisos de conducir sirven en España?
Según la Dirección General de Tráfico, los permisos expedidos en países de la Unión Europea y el Espacio Económico Europeo (Islandia, Liechtenstein y Noruega) son totalmente válidos para conducir en España. Entre los permisos que también se incluyen:
- Aquellos que estén redactado en castellano o vayan acompañados de una traducción oficial del mismo.
- Los permisos de países que estén expedidos en conformidad con el Anexo 9 de la Convención de Ginebra, con el Anexo 6 de la Convención de Viena o que difieran de dichos modelos únicamente en la adopción o supresión de rúbricas no esenciales.
Este tipo de permisos será válido siempre y cuando no haya transcurrido el plazo de seis meses desde que se haya adquirido en la residencia normal de España, que se encuentre en vigor y que el titular tenga la edad requerida para la obtención de un permiso español. En el caso de no pertenecer a ninguno de ellos o tener un carné diferente, es necesario obtener el permiso internacional para no tener que pagar una sanción.