Declaran válido el despido de un trabajador en Cantabria: guardaba fotos sexuales de la mujer de su jefe y de una compañera
Declarado válido el despido de un trabajador de una empresa de Cantabria que guardaba fotos sexuales de la mujer de su jefe
Tenía guardadas 67 fotografías del trasero de una compañera de trabajo, realizadas cuando se agachaba en la fotocopiadora de la oficina
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El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha declarado válido el despido de un trabajador al que echaron de su empresa después de encontrar en su ordenador fotos de contenido sexual de la mujer de su jefe y de una compañera de trabajo.
En una sentencia dictada el paso mes de julio, a la que ha tenido acceso EFE, el TJSC refrenda la decisión del Juzgado de Instrucción número 4 de Santander, que en mayo archivó la denuncia interpuesta por el trabajador contra su empresa por su despido.
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El material pornográfico que guardaba de la mujer de su jefe y de una compañera
El trabajador, que llevaba en la empresa desde 2008, guardaba en su ordenador una carpeta con diverso material pornográfico, incluyendo unas fotografías de la mujer de su jefe desnuda.
Además, tenía guardadas 67 fotografías del trasero de una compañera de trabajo, realizadas cuando se agachaba en la fotocopiadora de la oficina, así como en el mostrador de su puesto de trabajo, que era el contiguo al de este empleado.
El trabajador denunció a la empresa por revelación de secretos, pero el TSJC ha considerado que se la compañía accedió a esa información de forma correcta.
Consideran que el despido es correcto
Según detalla en la sentencia, esos archivos fueron encontrados después de una revisión de todos los ordenadores por riesgo de virus que hizo la empresa y que contó con el consentimiento firmado del trabajador.
En agosto de 2021 la empresa le despidió por "motivos disciplinarios" debido a "la comisión de varias faltas muy graves" como acoso sexual, el uso de las instalaciones con fines particulares sin autorización del empresario o la utilización fraudulenta de los medios electrónicos.
En la resolución, el TSJC considera que el despido es correcto, aunque subraya que el "acoso sexual", que está "definido por unos perfiles muy concretos", "no concurre en este supuesto pese al contenido sexual e invasivo de la actuación del actor".