Agresión sexual a Isa Balado: la condena a la que podría enfrentarse el detenido
El tocamiento sin consentimiento es un delito para el cual la Ley Orgánica de Garantía Integral de la Libertad Sexual puede pedir entre uno y cuatro años de cárcel
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Ha sido una de las imágenes más lamentables del día que Mediaset ya ha condenado. Y ha ocurrido en pleno directo. Un joven se acerca a Isa Balado, reportera del programa En boca de todos de Cuatro en pleno directo y la toca el culo para después preguntarle de qué cadena es. El joven fue detenido por la Policía Nacional. Hasta la ministra de Igualdad se hizo eco de la noticia remarcando que los tocamientos sexuales son agresiones sexuales.
Por esta acción, el joven podría ser acusado de agresión sexual a la periodista. Un delito para el cual la Ley Orgánica de Garantía Integral de la Libertad Sexual - más conocida como ley del "sólo sí es sí" - contempla penas de uno a cuatro años de cárcel.
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Concretamente, el punto 1 del artículo 178 del Código Penal establece: "Será castigado con la pena de prisión de uno a cuatro años, como responsable de agresión sexual, el que realice cualquier acto que atente contra la libertad sexual de otra persona sin su consentimiento. Sólo se entenderá que hay consentimiento cuando se haya manifestado libremente mediante actos que, en atención a las circunstancias del caso, expresen de manera clara la voluntad de la persona".
El artículo 178.4 del Código Penal también prevé que cuando la agresión sexual revista poca entidad en función de las circunstancias del hecho y las propias del culpable, el órgano enjuiciador puede imponer la pena de prisión en su mitad inferior (de 1 año a 2 años y 6 meses) o la pena de multa de 18 a 24 meses. Para aplicar esta cláusula, el tribunal sentenciador deberá fundamentar su decisión en la sentencia y justificar la menor entidad del caso.