El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha confirmado la condena de cuatro años de prisión a Santi Mina por un delito de abuso sexual ocurrido en julio de 2017. En la resolución se confirma la absolución del amigo que presenció los hechos y se especifica la rebaja de la indemnización de 50.000 a 25.000 euros, teniendo en cuenta en parte el recurso del condenado. El Tribunal ha eliminado “el concepto de superioridad” porque considera que no hubo consentimiento viciado por parte de la víctima. “No hay ninguna mención expresa a que ella consintiese alguno de los actos abusivos descritos”.
El Tribunal ha rechazado los motivos de apelación del condenado en los que se menciona la vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva porque “la sentencia de la Audiencia de Almería no fue imparcial al valorar las declaraciones de la víctima”. Además, Santi Mina ha defendido la existencia de contradicciones en las distintas declaraciones de la afectada. Pero la Sala ha explicado que el relato carece “de contradicciones relevantes en los aspectos esenciales”.
La sentencia del TSJA acepta los hechos probados en la resolución de la Audiencia de Almería. En ella se relataba los abusos sexuales que se produjeron en julio de 2017 en una furgoneta aparcada cerca de una discoteca de Mojácar. En el vehículo viajaban los dos acusados junto a dos amigos más. También descarta la apelación en la que se describe a la víctima como una persona que actuaba animada por “un motivo espurio” en busca de una gran indemnización.
“El testimonio de ella nos parece fiable, también apreciamos que persistió en su incriminación y aunque, en efecto, añadiese hechos nuevos en su segunda declaración, hemos descartado que ese extremo tuviese relevancia”, señalan. Recuerdan que la víctima no quiso reclamar ninguna indemnización tras instruirse sus derechos en el juzgado, momento en el que reconoció la segunda parte del abuso sexual reconocido.
La víctima pedía desde los 50.000 hasta casi los 117.000 para “resarcir el daño y su afectación en su vida cotidiana”. El condenado quería reducir la cantidad hasta los 2.000 euros. Al final, el TSJA redujo la indemnización a los 25.000 euros basándose en los criterios de proporcionalidad y en otros factores objetivos. La fugacidad de la conducta enjuiciada, el deseo manifiesto de la víctima en su primera declaración de no recibir una indemnización y las secuelas que se muestran en el informe pericial de la psicóloga forense son algunas de las claves en las que se han basado.
Todo ocurrió cuando la joven se encontraba en la furgoneta manteniendo relaciones sexuales con el amigo del futbolista, que había conocido esa misma noche, hasta que interrumpió Santi Mina. El futbolista había "perdido un reloj muy importante" y los tres se pusieron a buscarlo, dentro del vehículo, hasta que lo encontraron. Pero a partir de ahí, los relatos se modifican.
En los hechos probados de la sentencia se recoge que la víctima se giró para preguntarle a D. G. si "esto lo habían planeado". Una vez que ella se volvió a girar, el condenado "de forma sorpresiva y aprovechando su estado de shock, introdujo su pene desnudo y erecto en su boca sin preguntar". Pero la joven "logró expulsar de su boca el miembro viril" aunque segundo después, él la echó para atrás y la agredió sexualmente.
El amigo de Santi Mina aseguró que después de encontrar el reloj "volvieron los dos a cama y Santi se quedó cerca de la puerta de la caravana. La chica se puso nerviosa y el futbolista le pidió perdón". Pero él dice que "desconocía el motivo de esa disculpa". En cambio, en su segundo relato confirmó que Santi le sugirió a la joven "hacer un trío y que fue ahí cuando ella empezó a sentirse agobiada".
El futbolista declaró que todo fue "consentido y casual" y que las declaraciones de ella eran "ilógicas, incoherentes y poco creíbles". También afirmó que no pudo defenderse plenamente porque "se le obligó a declarar- o abstenerse de hacerlo" antes de comenzar el juicio, sin conocer las pruebas existentes. Pero en la sentencia se destaca que la Audiencia no aceptó las respuestas una vez que se practicasen las demás pruebas, tal y como pidió la defensa. Tras denegar la solicitud, la Presidenta del tribunal le recordó que fue él quien no quiso responder las preguntas de la acusación por no tenerse en cuenta las que ya llevaba preparadas.