¿Se puede conducir un Quad por la ciudad?: Limitaciones y documentación necesaria
Para conducir un quad hay que tener claro las limitaciones para no acabar con una multa de la DGT
La documentación necesaria puede variar en función del tipo de quad que conduces
Mueren un hombre y un niño de 12 años al caer por un barranco cuando iban en quad en Barcelona
Cada vez son más los tipos de vehículos que se pueden utilizar para ir al trabajo o pasar un fin de semana fuera. Patinetes, motos bicicletas, coches son los que más se utilizan a día de hoy. Pero, ¿qué pasa con los quads? Hay que recordar que estos tipos de vehículos están fabricados para circular por caminos agrícolas. Disponen de cuatro ruedas anchas que facilitan el tránsito por terrenos complejos. Pero si tienes uno y quieres saber si es legal conducir por la ciudad, debes conocer que no está legalmente prohibido. Aunque existen algunas limitaciones que necesitas cumplir si no quieres acabar con una multa de la DGT. Hecho que también te puede suceder si necesitas gafas o lentillas y no las usas conduciendo o si te saltas un atasco siendo un motorista.
Este tipo de vehículos no pueden circular ni por autovías ni por autopistas ya que no superan los 50 centímetros cúbicos y su velocidad máxima es de 45 kilómetros por hora. Pero, según Mapfre, eso no significa que no puedan conducirse por vías urbanas o interurbanas mientras que se eviten los casos como el atropello múltiple que se produjo en un bar.
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¿Qué documentación necesito?
La documentación que debes tener si quieres conducir un quad se basa en: tener tu permiso de circulación, la ficha técnica del quad y un seguro adecuado para este tipo de vehículos en vigencia. Aunque no debes olvidar que se necesita una documentación concreta en función del tipo de vehículo que tengas.
Por ejemplo, si quieres ir en un quad ligero, con matrícula similar a la de un ciclomotor, debes tener un permiso de conducción A-1,A-2,B o AM. Si lo que vas a usar es un cuadriciclo, cuya matrícula es igual a la de una motocicleta, tienes que sacarte el permiso B de conducir. Con una leve excepción si se trata de un vehículo con una cilindrada inferior a 50 centímetros cúbicos y no supera los 550 kilogramos, que en este caso puedes llevarlo con el permiso A.
Pero también hay que destacar que algunos quads se califican como vehículos especiales. Es decir, se trata de aquellos que, con una matrícula como la de los coches, pueden superar los 550 kilogramos. Para este tipo se necesita el permiso de circulación B y el carné C1 si el peso es superior a 3500 kilogramos.
¿Tengo que pasar la ITV?
La respuesta es sí. Si tu quad tiene más de cuatro años es necesario pasarla para poder circular. Además de que es importante tener el seguro vigente, pagar el Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte y el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica con una cuantía fijada por el ayuntamiento en el que te encuentres.