La DGT señala qué vehículos se librarán de pasar la ITV
La DGT explica cuáles son los vehículos que están exentos de la ITV
A lo largo de este año se introducen cambios en el llamado ‘Reglamento de Vehículos Históricos’ (RVH).
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La DGT, que recientemente ha compartido una lista de cinco consejos clave para ahorrar dinero a la hora de rellenar el depósito de combustible, va a introducir este año diversas modificaciones en su normativa que dejarán a varios vehículos exentos de tener que pasar la ITV.
Concretamente, como ha explicado en su edición digital, esta medida afectará a determinados vehículos históricos que responden a la categoría regulada en el llamado ‘Reglamento de Vehículos Históricos’ (RVH).
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Aprobado por medio de ley desde el año 1995, a lo largo de 2023 se introducirán algunas modificaciones que adaptarán la norma a estos tiempos para ir, además, en consonancia con la normativa de la Unión Europea.
Coordinando la elaboración de estas medidas con el Ministerio de Industria, las comunidades autónomas y la Federación Española de Vehículos Antiguos, estos dispondrán así de “normas especiales” que posibiliten su circulación y fomenten la conservación y restauración de los que integran el patrimonio histórico automovilístico”.
¿Qué vehículos se librarán de la ITV?
Dentro de los vehículos históricos regulados por esta normativa estarán exentos de pasar la ITV aquellos matriculados por primera vez antes del 1 de enero de 1950.
Además, esta regulación afectara, en este nuevo reglamento, también a los ciclomotores que se consideran históricos.
Todos ellos podrán evitar el trámite de la ITV, aunque, si el usuario así lo desea, podrá acudir para que le hagan la inspección técnica, aunque eso, sí, ajustándose a unos plazos dados.
Concretamente, quienes acudan voluntariamente a pasarle la ITV a su vehículo histórico tendrán que tener en cuenta que:
- Los que tengan entre 20 y 40 años de antigüedad podrán pasar la ITV cada 2 años
- Los que tengan entre 40 y 45, lo harán si lo desean cada 3 años
- Los que tengan más de 45 años o sean motocicletas, cada 4 años.
Cambios en la categorización de los vehículos históricos
Por último, entre las modificaciones del ‘Reglamento de Vehículos Históricos’ (RVH) se encuentran también las categorías que distinguen a estos: los de clase A serán los de matrícula española con más de 30 años de antigüedad. El resto, serán de la categoría B.