¿Con cuántas cervezas das positivo en un control de alcoholemia?: la DGT responde
Con dos vasos de vino una mujer de unos 70kg superaría el límite legal de alcoholemia
Con una jarra de 330 ml de cerveza n hombre de 70 kg daría ya por encima del límite legal de 0,5 gr/l
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En un control de carretera las autoridades pueden pedirte que realices un test de alcoholemia. En él se mide la cantidad de alcohol que hay en tu sangre, y se hace a través del aire espirado. La DGT hace hincapié en la importancia de que para conducir, lo mejor es 0 alcohol al volante, pero, ¿con cuántas cervezas darías positivo en un control?
¿Con cuánto alcohol doy positivo en un control?
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Como explica la DGT en su revista, "la alcoholemia depende de la cantidad de alcohol puro que se haya ingerido y el volumen de bebida alcohólica ingerida, del peso y el sexo del bebedor".
Para calcular cuánto alcohol se ha bebido, se calcula "multiplicando la graduación de la bebida usada (un número seguido del cero de grados (º) que aparece en la etiqueta de la bebida) por la cantidad ingerida (en centímetros cúbicos o mililitros) y por 0,8 –densidad del alcohol– dividido por 100", explica la DGT.
Para saber el grado de alcoholemia, hay que "dividir los gramos de alcohol puro ingeridos por el peso (en kilos) del bebedor multiplicado por 0,7 (0,6 en las mujeres cuya tolerancia al alcohol es menor)".
Como muestra el gráfico de la DGT, con dos vasos de vino una mujer de unos 70kg superaría el límite legal de alcoholemia, por encima de 0,5 gr/l en el caso de conductores en general. Con la cerveza, depende de la medida que se escoja. La Guardia Civil alerta que con una jarra de 330 ml un hombre de 70 kg daría ya por encima del límite legal de 0,5 gr/l.
La tasa máxima de alcohol permitida
En términos generales, según recoge la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, será positivo en un control de alcoholemia al superarse los 0,5 gramos por litro en sangre (0,25 mg/L en aire espirado).
En el caso de personas con menos de dos años de carné de conducir o de profesionales de la conducción, los límites se reducen y no podrán superar los 0,3 gramos por litro de alcohol en sangre (0,15 mg/L en aire)
A partir de 1,2 gr/l de tasa de alcohol en sangre (0,6 en aire espirado), la conducción se considera delito, penado con entre 3 y 6 meses de prisión.