¿El consumidor puede hacer sus compras con un táper? ¿Está permitido? ¿Qué dice la ley?
El 1 de enero entró en vigor el Real Decreto de Envases y Residuos
La nueva ley permite que el cliente pueda pedir en charcutería, pescadería y carnicería que el género adquirido sea guardado en un táper propio
Al mercado con táper, una práctica para acabar con los plásticos y salvar el planeta
El 1 de enero entró en vigor el Real Decreto de Envases y Residuos, también el nuevo IVA para varios productos. La nueva ley permite que el cliente pueda pedir en charcutería, pescadería y carnicería que el género adquirido sea guardado en un táper propio, para evitar el consumo de plástico y así reducir el número de envases y embalajes.
El texto de la ley dice textualmente que: "todos los establecimientos de alimentación que vendan a granel alimentos y bebidas, deberán aceptar el uso de recipientes reutilizables (bolsas, táperes, botellas, entre otros) adecuados para la naturaleza del producto adquirido y debidamente higienizados, siendo los consumidores los responsables de su acondicionamiento y limpieza. Tales recipientes podrán ser rechazados por el comerciante para el servicio si están manifiestamente sucios o no son adecuados. A tal fin, el punto de venta deberá informar al consumidor final sobre las condiciones de limpieza e idoneidad de los recipientes reutilizables, quedando exentos de la responsabilidad por los problemas de seguridad alimentaria que se pudieran derivar de la utilización de los recipientes aportados por los consumidores.
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El cliente puede llevarse sus propios recipientes para llevarse al supermercado
Así que el futuro de la compra pasaría por que el cliente sea el que lleve sus propios recipientes para llevarse la compra del supermercado. No es una obligación, sino una opción desde el pasado 1 de enero que los supermercados deben facilitar ante cualquier cliente que lo solicite. De esta forma, el texto normativo permite que las bebidas y alimentos a granel puedan servirse en recipientes reutilizables que porte el cliente.
El establecimiento deberá comprobar que el táper o recipiente presentado está debidamente higienizado, quedando así exento de la responsabilidad por lo problemas de seguridad alimentaria que se puedan derivar de la utilización de los recipientes aportados por los consumidores. Ya sea de cristal o de plástico, el táper ha llegado para quedarse en los supermercados con el fin de acabar con los residuos de un solo uso.