Este miércoles continúa la reunión de urgencia que el Ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, mantiene con los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado ante la oleada de crímenes machistas con la que ha empezado este 2023: cuatro asesinatos en 36 horas, después del diciembre más negro desde que hay registros.
Lo que más ha llamado la atención es que en dos de los casos, los de Cádiz y Almería, los supuestos agresores contaban con antecedentes por violencia machista a otras parejas. Según los cálculos de Miguel Lorente, que fue delegado del Gobierno contra esta lacra, un 12% de los asesinos machistas tenía antecedentes por agredir a parejas anteriores.
Interior tiene como objetivo este perfil de criminal, los agresores resistentes. Están identificados, porque sus datos están en los registros oficiales. Pero tienen derecho a que sus antecedentes no sean públicos ¿Ni siquiera para la mujer que puede ser su nueva víctima? En muchos casos, además, estas mujeres son ejemplos del otro perfil sobre el que quiere actuar Interior, el de las víctimas resistentes, las que no denuncian o retiran la denuncia por su situación de vulnerabilidad ¿Mantendrían la denuncia de saber que su agresor ya hizo lo mismo con otras?
El problema es cómo hacerlo legalmente, es un asunto muy complejo. Fiscalía ha enviado un informe a Interior explicando los problemas que pueden surgir de esto, pero vamos a intentar aclarar en qué casos podría Interior avisar a una mujer de que su pareja ya ha maltratado antes.
"Por la experiencia se sabe que en estos casos la actual pareja denunciante tiene mayor riesgo de ser agredida nuevamente con más intensidad y menor tiempo de latencia", reconoce la Fiscalía, asumiendo que la pareja de un agresor con antecedentes corre un peligro especial, de sufrir una violencia más brutal y de que esos episodios sucedan de manera más temprana en la relación. Es decir, los reincidentes tienen más capacidad y determinación para ejercer la violencia. Avisar a las mujeres es reducir el riesgo.
Según los datos facilitados por el Ministerio del Interior, actualmente el sistema VioGén, tiene activos 70.000 casos de mujeres de las cuales 31.161 tienen están considerados de algún nivel de riesgo. 17 de ellas se encuentran en riesgo extremo, cuentan con protección física permanente, y 706 que tienen un riesgo alto, seguimiento personal continuado, tanto ellas como sus hijos.
Para Miguel Lorente, exdelegado para la Violencia de Género, la medida es buena porque aborda situaciones de riesgo alto. "Estos hombres tienen mayor capacidad y determinación para ejercer la violencia más intensa, y entre ellas el homicidio, por tanto, es bueno tratar de reducir ese ese riesgo abordando la situación", dice.
"Pero, también hay que ser consciente de que el impacto sobre la realidad global de la violencia género es muy reducido. Nos referimos a hombres que han sido denunciados, son aproximadamente entre un 25 y un 30 % y dentro de ellos, aquellos reincidentes que son un 40%, lo que acabaría siendo entorno a un 12% de los casos. Por tanto, es importante, pero insuficiente. Hay que ampliar las respuestas no solo a la denuncia sino también a la detección y prevención", asevera Lorente.
Además, dice Fiscalía, no se puede avisar de "manera automática y generalizada" porque es imposible controlar las nuevas relaciones de los excondenados. Habría que realizar antes un examen y valoración de las circunstancias particulares de cada caso y determinar si comunicar los antecedentes a la mujer es "necesario para prevenir" una nueva agresión mediante la adopción de medidas adecuadas de protección o autoprotección. Una medida que si se aplica debe ir acompañada de otras medidas, y que al contárselo a la víctima se inicie la adopción de medidas por parte de las administraciones y de la propia víctima.
Agustín Ruiz, Catedrático en Derecho Constitucional por la Universidad de Granada, explica que "crear un registro de maltratadores, que ahora mismo es reservado, y solo se puede consultar en casos especiales o con mandamiento judicial o policial, sea público, no se puede hacer. Tampoco se puede aprobar en un Real Decreto porque afecta a un derecho fundamental y vulnera el principio de intimidad y de reinserción, y eso solo lo pueden hacer las cortes judiciales. Entonces, como no hay ninguna ley que habilite al ministro a hacer pública esa información no puede hacerlo".
Aunque, Ruiz si cree que la ley podría permitir que se consultara con un interés legítimo. Es decir, si una mujer tiene duda de que ha pasado con su pareja en el pasado porque tiene sospechas, por ejemplo, esa mujer, si la ley lo permite, podría consultar el nombre de esa persona.
Se tendrá que salvar el choque de dos derechos el de intimidad y reinserción de hombre/maltratador y el de la integridad de la vida de la mujer/víctima. La fiscal hace referencia a la necesidad de garantías legales, pero no cuestiona que la información a la víctima forma parte de su protección. Lo que sostiene es que la ley obliga a que esa información ha de ser adecuada a las circunstancias de cada caso, teniendo en cuenta cómo puede ayudar a proteger a la víctima. Sólo así se entendería que vulnerar el derecho del supuesto agresor al tratamiento confidencial de sus datos sería un mal menor, con cobertura legal, para proteger un bien superior. Luego, solo se avisará cuando haya denuncia y la mujer esté en riesgo.
En las valoraciones de riesgo policiales uno de los parámetros más importantes para catalogar el riesgo alto y extremo son los antecedentes por violencia de género. Los expertos creen que sería también efectivo trabajar en las valoraciones de riesgo judiciales. La Delegada del Gobierno para la Violencia de Género, Victoria Rosell, ha señalado a Mediaset que "la diligencia de vida en la investigación, como dice el convenio de Estambul, hace que el peso de la prueba no recaiga sobre los hombros de las víctimas".
En cualquier caso, siempre se podrá comunicar cuando haya un peligro potencial pero alto y pida ayuda, o tras la primera amenaza o la primera agresión, como dice la Unidad de Violencia de la Fiscalía General del Estado. Rosell insiste en que, donde hay que poner el foco es en ayudar a abrir la puerta judicial al 70% de las maltratadas que no se deciden a que se tomen medidas contra sus maltratadores.
"Sabemos que toda la administración está muy saturada, pero con los medios que tenemos hay que situarse al lado de la mujer en el momento en que no quiere seguir adelante con la denuncia. Hay que preguntarse por qué lo hace. Hay que acompañarlas hasta el final", explica Rosell. Porque, como en el caso de Tenerife, con el atestado, el fiscal podía haber percibido que la víctima tenía miedo o quizá estaba amenazada y pedir medidas de protección aunque ella no la quiso.
Además, ha planteado "prolongar la duración de los casos activos de maltratadores en el sistema VioGén de protección de las víctimas de violencia machista y que estos no salgan del sistema hasta que no se cancelen los antecedentes penales".
Fiscalía también llama la atención sobre la ausencia en el Protocolo de protección a las víctimas de violencia de género de la información sobre los antecedentes de la pareja. No aparece esta medida para ninguno de los niveles de riesgo. Entiende la fiscal que "de considerarse la comunicación de dicha información un elemento relevante de cara a prevenir la comisión de un nuevo delito contra la víctima o para garantizar su protección (o autoprotección), la fundamentación y los criterios para adoptar dicha medida debieran contemplarse en el referido Protocolo".
Interior subraya que nunca se ha pretendido, planificado o sugerido la activación de una alerta “genérica” o “automática” frente a reincidentes por violencia de género. En lo que se está trabajando, tal y como se ha explicado en varias ocasiones, es en un protocolo que permita tasar y ponderar la colisión de derechos fundamentales, en la misma línea que lo indicado en el informe emitido por la Fiscalía el pasado 13 de diciembre.