Once jóvenes de despedida de soltero pagarán 7.676 euros a Renfe por retrasar un AVE
Once jóvenes que celebraban una despedida de soltero pagarán 7.676 euros a Renfe por retrasar un AVE tras negarse a bajarse del vehículo
Los once demandados deberán pagar a la compañía el dinero que corresponde a los 216 billetes de los pasajeros afectados
En interventor tuvo que recurrir a la Policía Nacional para desalojar a los once jóvenes del vehículo
Once jóvenes de despedida de soltero que viajaban en un AVE Madrid - Málaga han sido condenados a pagar a Renfe 7.676 euros, lo correspondiente a 697,82 euros por persona, por causar un retraso al negarse a abandonar el tren en la estación de Córdoba. Los testigos aseguran que se comportaban “de manera descontrolada” en la cafetería del tren.
La compañía tuvo que pagar a 216 viajeros 7.676 euros en concepto de indemnización por incumplir su compromiso de puntualidad, pues el AVE llegó a su destino, Málaga con 23 minutos de retraso. Tras la demanda interpuesta por Renfe, estimada por el Juzgado de Primera Instancia número 43 de Madrid, los once responsables deberán pagar esa misma cantidad a la compañía.
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Los once jóvenes viajaban en el AVE Madrid - Málaga el pasado 6 de julio de 2018 celebrando una despedida de soltero cuando, según los presentes, “alteraron de manera cada vez más intensa el orden dentro del tren, gritando, cantando y golpeando las paredes del tren, haciendo caso omiso de las indicaciones y llamadas de atención del personal de Renfe". En ese momento el interventor llamó a la Seguridad de Renfe para que desalojara a dicho grupo.
Los jóvenes se negaron a bajarse del tren y prosiguieron su celebración en la cafetería del vehículo donde, según indica la sentencia, “se encontraban bebiendo, bailando, cantando y gritando a todo volumen y de manera totalmente descontrolada".
La negativa de los once responsables obligó a la intervención de la Policía Nacional
El artículo 90 del Reglamento del Sector Ferroviario otorga al interventor la facultad para apear a los viajeros que alteren el orden o que pongan en peligro la seguridad del transporte, pero ante la negativa de las personas a desalojar el vehículo, se vio obligado a llamar a la Policía Nacional que consiguió finalmente bajarles del tren.
El juzgado considera que la responsabilidad civil de los demandados ha quedado acreditada y exime de concurrencia de culpas a Renfe ya que no está “obligada a contratar personal de seguridad, ni puede cerrar la cafetería en perjuicio de otros viajeros, ni puede determinar, al tiempo en que se adquiere un billete de tren, si los viajeros tienen intención de celebrar algún evento en el interior del AVE".
Este acto supone una condena solidaria entre los once demandados por razones de seguridad jurídica y dada la independencia de las conductas. Por otro lado, la compañía ha asegurado en un comunicado ser consciente de los inconvenientes que pueden ser causados a otros pasajeros este tipo de comportamientos, sobre todo tras el incremento de este tipo de desplazamientos en los trenes AVE.
"La compañía se ha mostrado y se va a seguir mostrando contundente con los comportamientos que alteren el viaje". Renfe añade que recurrirá a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado cuando se produzcan casos graves de alteración al orden público y que dichos actos serán estrictamente denunciados.